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La concejala de Servicios Sociales, Blanca Ibarra, ha informado en rueda de prensa de las nuevas Ayudas Extraordinarias por impacto de la COVID 19 para personas en desempleo, que podrán solicitarse a partir esta semana.
Ibarra ha explicado que se trata de una nueva línea de ayudas económicas extraordinarias “para personas y familias en situación de emergencia social derivada de la crisis de la COVID 19, principalmente destinadas a personas en desempleo y que estén realizando o se comprometan a realizar actuaciones dirigidas al acceso al mercado de trabajo”.
Los requisitos para acceder a las ayudas son: estar en situación de desempleo e inscrito como demandante o mejora de empleo en la fecha de la solicitud, estar empadronado en Alcalá y tener residencia en la ciudad, tener nacionalidad española o la condición de nacional de los estados miembros de la Unión Europea o permiso de residencia y trabajo vigente.
Además, los interesados deberán tener unos ingresos familiares iguales o inferiores a los establecidos en la convocatoria, que se podrán consultar en Servicios Sociales o en el siguiente enlace que puede encontrar pulsando aquí y, por último, no tener deudas de pago pendientes con la AEAT, con la Seguridad Social o con el Ayuntamiento.
Las ayudas se podrán tramitar de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento
Las cuantías máximas de subvención por unidad de convivencia de las ayudas ascenderán hasta los 1000 euros para 1 persona, hasta 2000 euros para 2 personas, hasta 3000 euros para 3 personas y hasta 4000 euros para 4 o más personas.
Se considerarán gastos subvencionables los relativos al alojamiento y mantenimiento de la vivienda habitual (pago del alquiler de la vivienda o habitación, contrato de alquiler, deuda hipotecaria, gastos de agua, luz,gas..etc.); gastos de equipamiento básicos, relacionados con la vivienda o suministros (cocina, lavadora, frigorífico, estufa, calentador/caldera, reparaciones extraordinarias y urgentes…etc.); gastos de alimentación, nutrición, higiene y salud; gastos de cobertura de necesidades específicas de menores de 14 años (salud, higiene, ropa, calzado…etc.); gastos relacionados con la formación o búsqueda activa de empleo (participación en actividades formativas no regladas y/o sociolaborales, matrícula, tasas, transporte…etc.); o los gastos de equipamientos relacionados con la integración social o laboral y otras necesidades básicas, no contemplados en los apartados anteriores valoradas por los Servicios Sociales.
Las ayudas se podrán tramitar de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, si dispone de certificado o DNI electrónico, también de forma presencial a través de la oficina de Registro de Servicios Sociales, situada en C/ Cardenal Cisneros, 11, previa petición de cita a través del siguiente enlace que hay pulsando aquí, o a través de correo electrónico: infosociales@ayto-alcaladehenares.es
Las solitudes podrán presentarse hasta el 30 de noviembre de 2022. Están financiadas al en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo de Fondo Social Europeo de la Comunidad de Madrid 2014 – 2020.
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