La formación política local Vecinos por Algete sigue esperando respuesta a sus preguntas sobre el contrato menor de comunicación institucional en el ayuntamiento, alegando no haber sido respondidas en el pasado pleno ordinario del de agosto y a pesar de haber sido registradas, previamente por escrito, el 16 de agosto.
En concreto, Sergio Velasco, portavoz del grupo municipal, preguntó si se habían seguido las normas de contratación menor (medida anti-fraude y de lucha contra la corrupción, implantada por el Ayuntamiento de Algete en 2020) en lo relativo a los tres presupuestos mínimos con los que debe contar cualquier contratación menor en su expediente, así como por la ausencia de la oferta en el ‘perfil del contratante’ de la web municipal.
Según el Decreto de Alcaldía número 2240, de fecha 20 de julio, “se ha adjudicado el contrato menor a una empresa privada que se encarga de la publicación de noticias en los perfiles en redes institucionales, la elaboración de notas de prensa, el contacto con los medios, la edición de vídeos, la preparación del newsletter, la realización de fotografías y videos de actividades, y de la publicidad web para el consistorio. Todo ello por un importe de 14.900 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 10-912-22602”.
Sergio Velasco ha afirmado que “tengo dudas de que se hubiera seguido la normativa vigente y, del mismo modo, me parecen un error los 14.900 euros semestrales que va a suponer la externalización de la comunicación institucional. Sobre todo, teniendo en cuenta que en la anterior legislatura tenía un coste cero para los vecinos, al ser asumida directamente por la concejalía de Comunicación en colaboración con los trabajadores municipales del resto de concejalías. Desde Vecinos por Algete, creemos que es un nuevo e innecesario despilfarro, que sorprende más cuando el nuevo equipo de gobierno justifica sus elevados salarios por su gran dedicación, según palabras textuales de ellos, del 200 por 100 a sus concejalías”.
Tengo dudas de que se hubiera seguido la normativa vigente
NORMATIVA APLICABLE
En cuanto a las formas de la pregunta, según el Artículo 23.8 del Reglamento Orgánico Municipal de Algete: “las preguntas podrán formularse por escrito y presentarse en el Registro de Entrada al menos un día antes al de la reunión de la Junta de Portavoces, prevista para la convocatoria de la sesión, o con la antelación de un día al de la convocatoria de la sesión plenaria ordinaria. […] Las preguntas formuladas por escrito en la forma, en este punto dispuesta, serán contestadas por el destinatario por escrito y dando lectura a las respuestas, realizándose en la sesión plenaria correspondiente a ese mes. Las preguntas presentadas, transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior, podrán ser contestadas en el Pleno correspondiente a ese mes o en el siguiente, una vez recabada la información suficiente”.
Por otro lado, en cuanto al fondo de la pregunta, el Artículo cuatro de las normas internas para la tramitación y aprobación de los expedientes de contratos menores en el Ayuntamiento de Algete avala que la empresa ‘Geseral’, sus organismos autónomos y otros entes públicos dependientes del ayuntamiento atienden a lo siguiente:
“De acuerdo con el principio de competencia, y como medida anti-fraude y de lucha contra la corrupción, el órgano de contratación solicitará, al menos, tres presupuestos, debiendo quedar suficientemente acreditado en el expediente. A tal fin, requiere dejar patente en el expediente que se han solicitado dichos presupuestos; ello no se produce simplemente con enviar tres correos electrónicos sin acuse de recibo y sin respuesta. Deben solicitarse de manera formal, según el procedimiento administrativo: oficio y registro de salida en sede electrónica (se recuerda que las empresas están obligadas a las comunicaciones electrónicas a través de la SEDE ELECTRÓNICA en virtud del Artículo 14 de la LPACAP, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 39/2015). No debe confundirse SEDE ELECTRÓNICA con simples correos electrónicos, ni con registros a través de Ventanilla Única, o del sistema ORVE; ni, por supuesto, con simples llamadas telefónicas a las empresas o profesionales. TODA comunicación con los licitadores en cualquier fase del procedimiento DEBE realizarse a través de SEDE ELECTRÓNICA. De lo contrario, carecen de la validez, de la transparencia y de la seguridad jurídica necesarias e impuestas por la Ley. Cuando el importe del contrato supere la cantidad de 6.000 euros para suministros y servicios, y de 10.000 euros para obras, se publicará la invitación en el perfil del contratante, pudiendo presentarse cualquier empresa interesada en el tiempo establecido y en las condiciones del anuncio”.
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