MENÚ

Abierto el plazo de subsanación de errores de las solicitudes de ayuda a las familias
Este plazo permanecerá abierto hasta el día 28
Boadilla del Monte |

El Ayuntamiento abre el plazo para nuevos procedimientos. Desde la casa consistorial han informado que queda abierto el plazo de subsanación de errores de las solicitudes de ayuda a las familias hasta el próximo día 28 de diciembre, ambos incluidos.

Esta convocatoria ha logrado reunir hasta 588 solicitudes de las que, una vez realizadas las pertinentes comprobaciones, se han detectado 475 incompletas o defectuosas al no presentar la documentación exigida.

Los errores detectados y documentación a aportar

  1. Fotocopia del DNI de la persona solicitante. En caso de que el solicitante sea extranjero, fotocopia cotejada de la tarjeta de residencia en vigor.
  2. Fotocopia del libro de familia
  3. Título oficial que acredite la condición de familia numerosa o, en su caso, solicitud del citado reconocimiento o de renovación del título.
  4. Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta mediante ficha de terceros. Debe presentar recibo domiciliado a nombre del solicitante donde aparezca el número de cuenta donde quieren que se le abone la ayuda; o certificado de banca electrónica; o copia de la primera hoja de la cartilla donde aparecen los datos bancarios y del solicitante.
  5. Fotocopia oficial de sentencia de separación, divorcio, medidas paternofiliales, mediación, que acredite cambio en la composición de la unidad familiar a efectos de computar correctamente las pertinentes comprobaciones de padrón y demás requisitos exigibles para ser concesionario de una ayuda de este tipo.
  6. Documento autorización cesión de datos. Cuando el solicitante de la ayuda presenta documentación referida a otra persona de su unidad familiar (cónyuge, hijo,...) debe presentar correctamente cumplimentado el documento de Autorización de cesión de datos, que se puede descargar en www.aytoboadilla.com, firmado por la persona que autoriza a que esos datos sean aportados por el solicitante.
  7. Declaración jurada o acreditación de los requisitos a los que se refiere el art.4 de la presente convocatoria, dependiendo del hecho alegado. Esta documentación hace referencia tanto al solicitante de la ayuda como a cualquier miembro de la unidad familiar que tenga ingresos o se encuentre en situación de desempleo, ERTE, etc. En caso de no estar en ninguna de las siguientes situaciones, aportar documento de vida laboral.
    1. En el caso de situación legal de desempleo, certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo. Debe aportar dicho certificado.
    2. Documento acreditativo de encontrarse afectado por Expediente de Regulación Temporal de Empleo o ERE. Debe aportar dicho documento.
    3. Documento acreditativo por reducción de jornada motivada por cuidado de menores o personas a cargo. Debe aportar dicho documento. Debe aportar dicho documento.
    4. En el caso de cese de la actividad de los trabajadores por cuenta propia, certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad de Madrid, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado o bien declaración de ingresos donde se refleje la pérdida igual o superior al 30%. Debe aportar dicho certificado
    5. Las ocho últimas nóminas de todos los miembros de la unidad familiar en situación de trabajadores por cuenta ajena y en caso de trabajadores por cuenta propia certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad de Madrid, sobre las bases de la declaración de cese de actividad declarada. En caso de no tener actividad, aportar vida laboral.
  8. Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Debe presentar dicho certificado.
  9. Certificado de reconocimiento igual o superior al 33% de discapacidad en algún miembro de la unidad familiar computable. Si fuera el caso, debe aportar dicho certificado en vigor o solicitada su renovación cuando proceda.
  10. Gastos de hipoteca /alquiler/document moratoria (ocho últimos recibos mediante transferencia bancaria). Debe aportar recibos/ transferencias alquiler/hipoteca desde enero del 2020 hasta agosto del 2020 o bien documento moratoria de los meses en que no ha podido efectuar el pago.
  11. Si no se es propietario o arrendatario de la vivienda en que figure empadronada la unidad familiar, informe o certificación del Registro de la Propiedad en que se acredite que ninguno de los integrantes de la unidad familiar posee otra vivienda en la Comunidad de Madrid, siendo este supuesto de aplicación en aquellos casos donde conviva más de una unidad familiar. Debe aportar dicho informe o certificación.