Absuelto, esta es la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid con respecto al delito de odio del que se acusaba al cómico David Suárez, por haber hecho un chiste sobre las personas con Síndrome de Down y por el que la Fiscalía pedía una pena de cárcel de un año y diez meses.
"Absuelto. Contar un chiste no es delito en España. Gracias a todo por el apoyo", escribía el cómico a través de su cuenta de Twitter donde compartía la noticia de su absolución, aunque todavía no puede cantar victoria del todo, pues la sentencia puede ser recurrida al Tribunal Supremo, a pesar de que parece bastante improbable que la Fiscalía continúe con este proceso.
Reconocen que "el tuit enjuiciado ha causado dolor, ha generado un daño gratuito, sin que por otro lado entendamos que el acusado se haya disculpado"
El tuit que llevó al banquillo a Suárez fue escrito en 2019, y decía lo siguiente: "El otro día me hicieron la mejor mamada de mi vida. El secreto fue que la chica usó muchas babas. Alguna ventaja tenía que tener el Síndrome de Down". Aunque la Fiscalía lo señalaba como un "delito de odio", según la sentencia de la Audiencia Provincial "no nos encontramos ante una acción típica del artículo 510 del Código Penal, no es delito de odio, por lo que únicamente cabe el dictado de un pronunciamiento absolutorio".
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No obstante, reconocen que "el tuit enjuiciado ha causado dolor, ha generado un daño gratuito, sin que por otro lado entendamos que el acusado se haya disculpado", pero se entiende que es "una obra de ficción", por lo que no puede ser juzgada con los mismos cánones que otro tipo de intervenciones públicas para decidir si es o no un delito de odio. Añade que, a pesar de que es "dañino" para las personas con Síndrome de Down, para juzgarlo como delito de odio "requiere algo más que un sentimiento de rechazo".