El Consejo de Gobierno aprobó en su última reunión esta iniciativa de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, consistente en ayudas directas de hasta 4.000 euros para sufragar los costes laborales de la persona o personas empleadas de hogar que hayan estado contratadas en el periodo subvencionable (el año anterior a la presentación de la solicitud).
Así, se abonará un importe equivalente a las cuotas de la Seguridad Social ingresadas por el empleador (con un incremento del 25%) en un porcentaje fijado en función de la renta per cápita familiar, que podrá llegar al 100% en el caso de familias monoparentales o aquellas con rentas inferiores a 20.000 euros.
Esta línea estará dotada con 2 millones en 2023 que financiarán contrataciones que hayan tenido lugar el año pasado y con un período mínimo de mantenimiento de la relación laboral y del alta en la Seguridad Social de 58 días naturales.
La persona empleada de hogar deberá desarrollar su labor en el domicilio del empleador, situado en la Comunidad de Madrid. Con carácter general, este último debe ejercer una actividad retribuida por cuenta propia o ajena con una jornada a tiempo completo durante el periodo subvencionable.
Este programa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid -BOCM-, estableciendo un plazo de solicitud desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril de cada anualidad. Para este año 2023, mediante disposición transitoria única, se establece un plazo de tres meses desde su publicación para las peticiones relativas a personas empleadas de hogar que hayan estado contratadas en 2022 y que cumplan con los requisitos. La tramitación de estas ayudas podrá realizarse en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
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