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El segundo estado de alarma también fue inconstitucional
El Tribunal Constitucional ve mayor problemática en el segundo estado de alarma que en el primero
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El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el segundo estado de alarma vivido en España, es más, considera que hay mayor problemática en este, el cual acabó en junio de este año, que en el primero que se declaró cuando estalló la pandemia del covid-19.

Y, ¿qué aspectos hacen de estos estados de alarma ser inconstitucionales? Según el Tribunal, en el primer estado de alarma se comprobó que las medidas impuestas no estaban sujetas a control parlamentario, pues el Gobierno central eludió las comparecencias quincenales en la Cámara, además del largo periodo de tiempo que decidió extender la excepcionalidad, desde noviembre de 2020 hasta mayo de 2021.

En el segundo estado de alarma el Gobierno de España se lavó las manos

Ya en marzo del año pasado, cuando se decretó la cuarentena y se restringieron varios derechos fundamentales, la gente y varios expertos hablaban de que estábamos viviendo en un estado de excepción "encubierto". Hoy las sospechas se confirman, y el Tribunal ha afirmado que, por aquellas fechas, avisaron al Ejecutivo de que, para tomar esas medidas, debían decretar el estado de excepción.

Además, la mayoría de magistrados que estudiaron la inconstitucionalidad del primer estado de alarma, vieron mayor problemática todavía en el segundo, pues las restricciones se alargaron durante seis meses. Así mismo, comprobaron que se restringieron derechos fundamentales como el de reunión o las restricciones de movilidad nocturna, además de delegar a las comunidades autónomas la posibilidad de incrementar dichas restricciones sobre los derechos.

En esta línea, los expertos también consideran que, en el primer estado de alarma, las medidas tomadas pudieron estar justificadas ante la incertidumbre de saber qué medida a tomar era la mejor. Sin embargo, en este segundo, el Gobierno se lavó las manos, delegando responsabilidades a las comunidades autónomas, afirman los magistrados, y ven claramente insuficientes las comparecencias del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, o del ministro de Sanidad, Salvador Illa.

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