La Dirección General de Tráfico ha anunciado que, a partir del 21 de marzo, se aplicarán nuevas normas dentro de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Así, las nuevas medidas que entrarán en vigor se pueden clasificar según los siguientes aspectos enmarcados en la conducción:
Seguridad y Conducción
- En carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos. Una medida que busca minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir la siniestralidad en carretera convencional.
- No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, te hará perder 4 puntos.
- Si conduces sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil puedes perder 6 puntos.
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos
- Para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos. Es una manera de proteger a este colectivo vulnerable.
- Los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales. Recuerda que todos en algún momento somos peatones.
Interferencia en el sistema de vigilancia y control
- Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.
Permiso de conducir y saldo de puntos
- Con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.
- Ya no es necesario llevar físicamente tu permiso de conducir. Gracias a la App miDGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir.
- Cuando te presentas a una prueba para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otro trámite administrativo para conducir, no puedes utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente. También se considera infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin. En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses.
Ciclomotores y VMP
En el caso de usar ciclomotores, se permitirá el uso de dispositivos inalámbricos certificados u homologados en el casco de protección, y con fines de comunicación o navegación. Además, no emplear el casco de forma adecuada conllevará la pérdida de 4 puntos.
Por otro lado, para los vehículos de movilidad personas, la tasa de alcohol para los menores que conduzcan es de 0,0, además, se mantiene la prohibición de circular por autopistas y autovías.
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