La Mesa de la Asamblea ha acordado sancionar, con una suspensión económica de 22 días naturales, al diputado del Grupo Parlamentario Más Madrid, Pablo José Padilla Estrada, por, según el comunicado remitido, el incumplimiento del artículo 33.3 del Reglamento de la Asamblea como consecuencia de unos hechos que sucedieron durante las preguntas de control al Gobierno del pleno del jueves 23 de mayo.
Este proceso sancionador comenzó tras una denuncia registrada por el Grupo Parlamentario Vox por unos hechos “de especial gravedad, ya que suponen un gesto de inequívoca incitación a la violencia, inadmisible en cualquier lugar, pero mucho más, si cabe, en el Parlamento autonómico”. La resolución del expediente sancionador considera que el diputado es autor de una conducta inadecuada en el ejercicio de sus funciones, con lo que se infringe “el debido respeto a la disciplina y al orden de la Cámara en lo que afecta a su normal funcionamiento”. Según se explica en el expediente, el diputado “realizó una serie de gestos, posicionando sus manos una sobre otra, extendiendo sus brazos y ‘apuntando’ con los dedos índice y medio, con lo que aparece representar una pistola”.
Asimismo, el expediente indica que hubo una “alteración, de forma consciente e intencionada, del desarrollo del debate en el Pleno, interrumpiendo y alterando, con gestos inadecuados al decoro parlamentario, el uso de la palabra por la presidenta de la Comunidad de Madrid”. En consecuencia, se considera que ha cometido una infracción tipificada en el artículo 33.3 del Reglamento de la Asamblea de Madrid, “atentar contra la dignidad de la Asamblea de Madrid y contra la disciplina que obliga a todos los diputados de la Cámara, siendo éste el elemento objetivo del tipo infractor”.
Por ello, la Mesa sanciona con la suspensión del derecho reconocido en el artículo 20.1 del Reglamento de la Asamblea de Madrid: “Los diputados percibirán una asignación económica suficiente que les permita cumplir eficaz y dignamente su función”.
La sanción se ha fijado en 22 días naturales y no se extiende a otros derechos del diputado. La resolución aprecia que “la conducta infractora, aun existiendo intencionalidad en ella, no es reiterada al no constar antecedentes por los que hubiera sido sancionado el señor diputado con anterioridad”, aunque sí se aprecia “una continuidad o persistencia en la interrupción del debate (como consta en el Diario de Sesiones) provocando el consiguiente perjuicio en el normal desarrollo de las sesiones plenarias”.
Una vez sea notificada la decisión de la Mesa de la Asamblea, el diputado de Más Madrid podrá solicitar a la misma la reconsideración del acuerdo en el plazo de los quince días siguientes a su notificación. En ese caso, la ejecución de la sanción quedará en suspenso hasta que la Mesa de la Asamblea resuelva sobre la reconsideración.