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La Comunidad de Madrid avanza en la tramitación de la Ley de Farmacia
El texto potencia el protagonismo del profesional como agente de salud y recoge aportaciones de 163 particulares entre titulares, personal de plantilla y usuarios
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La Comunidad de Madrid avanza en la tramitación parlamentaria de la Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica tras superar las enmiendas a la totalidad presentadas en la Asamblea regional. El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, ha defendido la norma aprobada en Consejo de Gobierno, que ha contado con una amplia participación ciudadana y 163 aportaciones particulares realizadas entre titulares farmacéuticos, personal de plantilla y usuarios.

Tal y como ha expresado Ruiz Escudero en la Cámara regional “se trata de un texto ambicioso que actualiza y mejora la normativa vigente potenciando el carácter asistencial de estas oficinas y el papel de sus trabajadores como agentes de salud”.

Esta ley garantiza que todos los ciudadanos tengan acceso a los medicamentos y potencia el protagonismo del farmacéutico. El proyecto impulsa una adaptación a los ritmos de vida y horarios del siglo XXI, con una garantía de atención de calidad y la incorporación de secciones como nutrición y dietética con el mantenimiento de las garantías de control.

Por ello la atención domiciliaria ofrecerá la dispensación de medicamentos y productos sanitarios con entrega informada en el domicilio por parte del personal de la oficina de farmacia. Se trata de una prestación destinada a usuarios dependientes con dificultad de desplazamientos.

Además, recoge la flexibilización horaria, con una franja fija y una variable de apertura, que puede llegar hasta las 24 horas del día para facilitar su adquisición. También regula los sistemas personalizados de dosificación que permitirán mejorar la adherencia y efectividad de los tratamientos, especialmente a los pacientes crónicos, polimedicados y dependientes.

Participación en dispositivos de emergencia

En cuanto a los centros de servicios sociales de carácter residencial de menos de 100 camas en régimen de asistidos que presten asistencia sanitaria específica y no cuenten con un servicio de farmacia hospitalaria, dispondrán de un depósito de medicamentos vinculado a un servicio del área sanitaria o a una oficina de la Comunidad de Madrid, dando respuesta a las necesidades de una población especialmente sensible y vulnerable que demanda un alto grado de seguridad.

También la Ley regula, dentro del marco global, la participación e integración de los establecimientos y servicios de este sector en los dispositivos y medidas que se establezcan en los casos de emergencia sanitaria. Y, junto a las medidas citadas, la normativa no se olvida del medio ambiente e incorpora mejoras para facilitar la eliminación de medicamentos caducados o no utilizados por parte de los ciudadanos a través de sistemas de recogida autorizados.