La Dirección General de Tráfico (DGT) planea nuevas sanciones que entrarán en vigor a partir del próximo mes de septiembre. Además, estas multas tienen un objetivo claro: disminuir la contaminación que hay en las ciudades.
A esto se le une un artículo del Reglamento de Circulación, concretamente el Artículo 2, que expresa lo siguiente: "Los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes (artículo 9.1 del texto articulado)". Por lo que, parece ser que a partir de septiembre podría formar parte de la categoría de: perjuicios hacia el medio ambiente.
¿Cuáles son estas nuevas sanciones?
Pero, ¿cuáles son estas nuevas sanciones? Aquí las explicamos:
En primer lugar, no apagar el motor cuando el coche esté parado ya se considera un daño al medioambiente, y podría ser multado con una cantidad de 100 euros. Es más, los ayuntamientos podrían acogerse al artículo 10.1, que se pretende incluir en la ley de Seguridad Vial, y que está relacionado con el cuidado del Medio Ambiente.
Otra acción que será penalizada es sujetar el teléfono móvil con las manos, aunque no se esté usando. Antes se multaba solo cuando se usaba mientras el vehículo estaba en marcha, sin embargo, ahora dan un paso más. Y, por si fuera poco, la multa acarrearía entre 3 y 6 puntos de carnet.
A estas se le une el llevar detectores de radares, y, como "novedad", superar el límite de velocidad establecido. En esta última se están planteando prohibir aumentar 20 km/h el límite de velocidad para adelantar en una carretera convencional... Una medida que choca con lo que se aprende en las autoescuelas, y que a muchos conductores les costará recordar...
En última instancia, la DGT plantea el uso obligatorio de cascos tanto en patines eléctricos como en otros vehículos similares. Estaremos pendientes de las fechas en las que estas sanciones pasen a ser una realidad.
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