El etiquetado inclusivo es una de las novedades introducidas en la Ley de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y una de las mejoras que el ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha calificado de "éxito" tras su reunión con representantes del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI). Garzón ha recordado que cualquier persona "puede ser en cualquier momento, si no lo es ya, un consumidor o consumidora vulnerable" y que, por tanto, se trata de una ley "muy positiva para el conjunto de la sociedad", ya que amplía sus derechos.
La normativa, procedente del Real Decreto Ley 1/2021, de 19 de enero, y tramitada por procedimiento de urgencia, regulará el etiquetado en braille de los productos de consumo como medio de protección de los derechos de los consumidores con discapacidad visual, que conocen y usan este sistema de lectoescritura. Así como, definirá otros formatos que garanticen la accesibilidad universal, de aquellos bienes y productos de consumo de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida especialmente de las personas ciegas y con discapacidad visual como personas consumidoras vulnerables.
Tras la aprobación en el Senado, la iniciativa contará con el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, para desarrollar reglamentariamente un etiquetado en alfabeto braille. La plataforma de la discapacidad celebra que “la iniciativa haya contado con un amplio respaldo en el Senado” y añade que desde la organización, seguirán "planteando medidas, para tener presentes las necesidades de las personas con discapacidad como usuarias de bienes de consumo". Asimismo, los representantes de los grupos parlamentarios han intercambiado impresiones con la delegación del CERMI y se han felicitado mutuamente por “un logro que enriquece y hace más justo a este país en la esfera de los derechos humanos de las personas con discapacidad”.
La normativa regulará el etiquetado en braille de los productos de consumo como medio de protección de los derechos de los consumidores con discapacidad visual que conocen y usan este sistema de lectoescritura.
Con este nuevo texto, el Ministerio de Consumo consolida la figura de la persona consumidora vulnerable, un marco legal que permite corregir situaciones de indefensión, protegiendo a colectivos en particular (menores, personas con distintos tipos de discapacidad, de avanzada edad o escaso nivel de digitalización, entre otros).
El concepto de persona consumidora vulnerable en sus relaciones de consumo recoge todas aquellas situaciones en las que hay una desventaja, desprotección, indefensión o subordinación frente a empresas, aunque sea de forma temporal, territorial o sectorial, debido a sus características, necesidades o circunstancias personales.
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Son ejemplos de grupos sociales particularmente expuestos a abusos, fraudes, estafas y engaños por técnicas de comercialización o de información, y por las que el Gobierno desarrolla medidas especiales de apoyo o asistencia para garantizar que toma las decisiones de consumo acordes con sus intereses.
El Gobierno crea, por tanto, un paraguas jurídico que garantiza que las relaciones de consumo se realicen en entornos más igualitarios, accesibles, transparentes y de mayor seguridad. De la misma forma, establece un mandato a las administraciones públicas para, en la medida de lo posible, orientar las políticas de consumo hacia estos colectivos más vulnerables.