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Novedades para todos los autónomos
Si trabajas por cuenta propia, debes saber que el 2023 trae algunas cambios
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Si trabajas por cuenta propia, debes saber que el 2023 trae algunas novedades en cuanto al régimen de autónomos en la Seguridad Social. En este sentido, uno de los principales cambios anunciados por la TGSS es que, a partir de ahora, con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio de 2022, será necesario comunicar a la entidad una previsión de los rendimientos netos mensuales. Anualmente, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecerá una tabla general y una reducida de bases de cotización, que se dividirán en tramos consecutivos de importes de rendimientos netos mensuales a los que se asignarán, por cada tramo, unas bases de cotización máxima y mínima mensual, que puedes ver en el tweet que figura a continuación.

Se establecen bonificaciones para autónomos por cuidado de menor afectado por una enfermedad grave y a mujeres autónomas por reincorporación a su actividad tras el nacimiento, adopción o guarda de un hijo

¿Cómo calcular el promedio mensual de mis rendimientos?

Se tendrán en cuenta todos los rendimientos netos obtenidos de las distintas actividades que realices como trabajador por cuenta propia, a los que tendrás que sumar el importe de las cuotas abonadas a la Seguridad Social. El cálculo de estos rendimientos netos se realizará según lo previsto en la normativa sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y con algunas especialidades en función de si perteneces a colectivos como por ejemplo socios mercantiles. A estos rendimientos netos, y siempre que hayas estado de alta en el régimen especial de autónomos 90 días, se aplicará una deducción por gastos genéricos del 7%, porcentaje que en el caso de socios mercantiles se reduce a un 3%.

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Durante el periodo 2023-2025, las personas que causen alta inicial en el Régimen de autónomos podrán solicitar la aplicación de una cuota reducida (tarifa plana) de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses de actividad, la cual se realizará en el momento de tramitar el alta. No obstante, en el caso regional y con la aprobación de la nueva Tarifa Cero de la Comunidad de Madrid para nuevos autónomos, éstos estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social durante el primer año de su actividad, ya que con esta medida de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno autonómico se subvenciona el 100% de dicha cuantía.