El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó el pasado sábado la decisión de restringir perimetralmente la entrada y salida de la zona básica de salud de Valleaguado, en Coslada. Según lo establecido en el BOCM, las medidas están en vigor desde ayer lunes a las 00.00 horas y tendrán una vigencia de 14 días, con posibilidad de ser prorrogadas.
A raíz de esta publicación, se han celebrado reuniones de coordinación del alcalde cosladeño, Ángel Viveros, con el responsable de la Policía Local y de éste, a su vez, con el comisario del Cuerpo Nacional de Policía de la comisaría de Coslada-San Fernando.
El alcalde cosladeño, Ángel Viveros, ha asegurado que “desde el Ayuntamiento de Coslada y desde el equipo de Gobierno garantizamos nuestra total colaboración a la hora de hacer cumplir la orden de la Comunidad de Madrid"
Las restricciones son las mismas que establece el BOE del Estado de Alarma que ha adoptado la Comunidad de Madrid. Se restringe la entrada y salida de personas del área perimetral, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Para desplazarse a entidades financieras y de seguros.
g) Para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h) Para realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i) Para realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Se permite la circulación de personas residentes dentro de las zonas básicas de salud afectadas, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.
Asimismo, la medida adoptada por la Comunidad de Madrid sobre la zona básica de salud de Valleaguado también se traduce, entre otras acciones, en que todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22.00 horas.
Del mismo modo, hay que tener en cuenta que “los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas”. Igualmente, la orden regional establece que “la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas, no pudiendo admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas, y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio y la recogida de comida por clientes para consumo fuera del local”.