La Asamblea de la Comunidad de Madrid aprobó, el pasado 2 de marzo y por unanimidad, la proposición de ley que regula los “derechos y garantías de las personas en el proceso de morir”, presentada por el PSOE, y que enmarca las actuaciones que los pacientes pueden llevar a cabo en relación a su fallecimiento. Esta aprobación también dota de respaldo jurídico a los facultativos.
Bajo petición del paciente
La ley, cuya toma en consideración comenzó en julio del pasado año, contempla que los pacientes conozcan las distintas opciones que pueden tener en cuanto a asistencia sanitaria en el final de sus días, como la posibilidad de unos cuidados paliativos integrales, desarrollados en el propio domicilio del enfermo o en los centros hospitalarios, ya sean públicos o privados.
También, a partir de ahora, aquellos pacientes con enfermedades irreversibles y progresivas en las que el deterioro grave de la persona y el fallecimiento sean posibles, podrán dejar, por escrito, instrucciones previas relativas a su cuidado médico.
Plan Individual de Atención
En cuanto a las acciones de los facultativos y las instituciones sanitarias, la ley estipula que los enfermos deberán disponer de una habitación individual y, en el caso de ser menores de edad, que los padres o tutores puedan acompañarlos durante el proceso sin tener en cuenta restricciones de horario. Los enfermos en estado terminal podrán solicitar con carácter de urgencia un Plan Individual de Atención para recibir la atención necesaria.
En cada centro de salud se creará también la figura del Comité de Ética Asistencial para juzgar el correcto funcionamiento de la ley y, de forma anual, el Gobierno de la Comunidad deberá rendir cuentas ante la Asamblea para valorar si el procedimiento llevado a cabo es realmente útil.