Las comunidades vecinales que que así lo decidan ya pueden construir trasteros en los soportales de sus edificios, tras la entrada en vigor de la ordenanza aprobada inicialmente el pasado mes de enero, que regula la ejecución de estos espacios en los bloques que cumplan ciertos requisitos.
Hasta ahora, estaba regulada la construcción subterránea de los cuartos, pero, tras pasar los trámites administrativos perceptivos, la ordenanza ofrece un marco normativo sobre su realización en otras plantas o en los bajos porticados.
“De esta manera, damos respuesta a una demanda vecinal planteada por los vecinos y vecinas de los barrios más consolidados de la ciudad como es el caso de El Molino”, ha explicado la concejala de Desarrollo Urbano, Ana Pérez.
Las comunidades deberán cumplir una serie de requisitos administrativos y técnicos, que los edificios sean de uso residencial y no comercial, que el trastero no exceda un número determinado de metros cuadrados o la aportación del acuerdo por unanimidad entre los propietarios.
El cerramiento mejorará la eficiencia energética del edificio, la limpieza, la seguridad o la rehabilitación
La concejala del área ha señalado que estas zonas están infrautilizadas porque en muchos casos “ya no hay niños que jueguen en ellas y lo que demandan las familias ahora es un mayor espacio para almacenamiento”. De hecho, desde el consistorio aseguran que el cerramiento mejorará la eficiencia energética del edificio, la limpieza, la seguridad o la rehabilitación.