La Concejalía de Salud Pública del Ayuntamiento de Galapagar desarrollará durante los meses de verano, el Programa de Vigilancia y Control de Aguas Recreativas del municipio. El objetivo de este programa es reducir el riesgo de accidentes y posibles enfermedades asociadas al uso y disfrute de estas instalaciones, según normativa estatal, Real Decreto 742/2013 de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, y legislación autonómica, Decreto 80/1998 de 14 de mayo, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo.
Recordamos que los titulares de las piscinas son los responsables del cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, con el objetivo de mantener las condiciones higiénico-sanitarias, la calidad del agua y la seguridad de las instalaciones.
De esta forma, los titulares de piscinas de uso privado de las comunidades de propietarios del municipio deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Galapagar, con un mínimo de 15 días de antelación a la apertura de la piscina, la siguiente documentación:
La copia de la documentación presentada en registro deberá estar en las instalaciones de la piscina a disposición de la inspección sanitaria, junto con la siguiente documentación:
Recordamos que los titulares de las piscinas son los responsables del cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente
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