Hasta el próximo 28 de febrero podrás solicitar las bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). ¿Sabes si tienes derecho a una reducción en la cuantía de los tributos que pagas? Si desconoces cuáles son los requisitos, aquí te lo explicamos.
En el caso de que tengas placas solares instaladas en casa, deberás aportar copia del D.N.I. o N.I.F. del titular de la propiedad, y en su caso, del representante y del documento que acredite la representación, así como el boletín de la instalación eléctrica o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), en el que se incluya la modificación de la instalación eléctrica por la instalación de los sistemas de aprovechamiento de energía solar -realizado por instalador autorizado-, incluyendo en la parte posterior del mismo el código de barras con un código de verificación electrónico (COVE). De igual modo, será necesario presentar la inscripción de la instalación eléctrica ante el órgano competente de la Comunidad de Madrid, la última factura eléctrica o certificado, donde figure que la instalación está en servicio y por último, en el caso de pisos y locales en régimen de propiedad horizontal, documentación que ponga de manifiesto la relación de los propietarios partícipes de la instalación y las cantidades repercutidas a cada uno de ellos, así como cualquier otra documentación que se estime procedente. La normativa contempla una reducción del 20% en el recibo del IBI, con límites establecidos según cada caso particular.
¿Sabes si tienes derecho a una reducción en la cuantía de los tributos que pagas?
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Las familias numerosas disfrutarán de una reducción en el importe final del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que oscila desde el 30% en el caso de tener tres hijos, hasta el 60% si fueran seis. Al formulario habrá que añadir copia del N.I.F., y en su caso, del representante y del documento que acredite la representación, copia de la escritura o nota simple registral del inmueble, título de familia numerosa en vigor o acreditación de la solicitud del mismo al organismo competente, formulado en fecha anterior al de devengo del impuesto del ejercicio al que se pretende aplicar la bonificación, y el volante acreditativo de convivencia en la residencia habitual de todos los miembros de la familia que motivan la concesión de la bonificación.
En cuanto al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), se contemplan descuentos para los vehículos ECO, Cero o considerados como históricos, que varían entre un 30% e incluso el 100% de la cuantía. A la presentación de la solicitud se debe adjuntar copia del D.N.I. o N.I.F. del titular del vehículo, y en su caso, del representante y del documento que acredite la representación, permiso de Circulación del vehículo y ficha Técnica del mismo.
La documentación se podrá presentar por la sede electrónica, por registro de entrada en el Ayuntamiento o en la oficina de recaudación, situada en la calle villar, número 12, en horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas.