A primeros de abril, los jardineros municipales procedieron a talar ocho árboles de la Travesía de la Ermita, lo que produjo una gran polémica en redes sociales.
Algunos vecinos y vecinas no comparten que se hayan eliminado estos chopos que, a simple vista, no parecía que estuvieran mal. Así, unos manifiestan que cuando lleguen los meses de verano se echará en falta la sombra que daban; y otros consideran una pena que dejen “sin pulmones” al municipio.
Como suele ocurrir en estos casos, la ciudadanía apunta directamente al máximo mandatario del Ayuntamiento, el alcalde, José Antonio Sánchez. Algunos humanenses expresan en las redes sociales que el Gobierno municipal no destaca por cuidar las zonas verdes en general y denuncian el abandono y la falta de cuidado del arbolado de parques y calles.
Fuentes municipales informan a Soyde que el talado de los chopos se debió a las “condiciones deficientes” de los mismos
También aportan posibles soluciones como la realización de una valoración general del estado de los árboles del municipio para poder tomar decisiones menos drásticas que las de talar directamente. Y, en caso de no tener más remedio que eliminar los ejemplares más deteriorados, son muchos los que reclaman que se planten otros árboles para que Humanes no se convierta en una ciudad solo de asfalto y ladrillo.
Hay vecinos y vecinas que entienden la decisión de los jardineros y consideran, en este caso concreto, que los árboles eliminados estaban bastante dañados y que, incluso, hace algunas semanas uno de ellos se cayó lo que supuso un gran peligro para los viandantes por los daños que pudo haber causado. Parece ser que éste hecho fue lo que hizo que el Ayuntamiento tomase la decisión final de la tala, siempre bajo las directrices de los expertos.
La última palabra siempre tiene que estar en boca de los técnicos, que son los que realmente saben. Fuentes municipales informan a Soyde que el talado de los chopos se debió a las “condiciones deficientes” de los mismos por lo que se decidió eliminarlos para evitar daños y accidentes en el futuro. Y lamentan que no se haya podido realizar un trasplante de los mismos a otra zona menos concurrida.
Además, siempre hay que cumplir con la legislación vigente, en este caso, la Ley 8/2005 de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid
Esta Ley 8/2005 es de aplicación sobre todos los ejemplares de cualquier especie arbórea con más de DIEZ años de antigüedad (edad) o VEINTE centímetros de diámetro de tronco a nivel del suelo, que se ubiquen en suelo urbano de cualquier municipio de la Comunidad de Madrid. (art. 1)
Los propietarios, públicos o privados, del arbolado urbano de cualquier categoría que le sea de aplicación esta Ley, están obligados a su mantenimiento, conservación y mejora, realizando los trabajos precisos para garantizar un adecuado estado vegetativo del ejemplar (artículo 4, Ley 8/2005).
Artículo 2. Prohibición de tala.
Artículo 4. Obligaciones de los propietarios de arbolado urbano.
No obstante, los técnicos, como en este caso, pueden solicitar los permisos para la tala. Éstos se darán o no en función del tipo de especie a talar (si es autóctona o no), de la edad del ejemplar, de si es una especie protegida, de si pone en peligro construcciones, tendidos eléctricos o incluso la vida de los transeúntes…