El Ayuntamiento de Madrid activa desde el próximo domingo, 1 de enero, una nueva restricción al tráfico rodado más contaminante: los turismos con clasificación ambiental A que no estén empadronados ni abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en la capital no podrán circular por la M-30.
Esta medida, contemplada en la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) para continuar mejorando la calidad del aire y cumplir con la directiva europea en esta materia, se suma a la implantada el pasado 1 de enero de 2022 que limita el acceso y la circulación a esta tipología de coches por el interior de la vía de circunvalación M-30.
Gracias a las medidas implantadas mediante la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360, los accesos de los turismos A en el interior de la M-30 se han reducido un 64,5 % entre junio de 2019 y septiembre de 2022 (544.033 accesos frente a 192.799).
Las limitaciones mencionadas afectan a la denominada como Madrid Zona de Bajas Emisiones (regulada en el artículo 21, la disposición transitoria primera y el anexo II de la OMS). Madrid ZBE limita progresivamente, hasta 2025, el tránsito a los turismos más contaminantes por las vías de la ciudad, es decir, aquellos que funcionan con gasolina y fueron matriculados antes del año 2000 y los vehículos diésel previos a 2006.
A continuación se detalla el calendario de implantación de restricciones para los vehículos turismo con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno), que a fecha 1 de enero de 2022 no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, o que habiéndolos cumplido dejen de hacerlo en un momento posterior:
Desde el 1 de enero de 2022, tienen prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
Desde el 1 de enero de 2023, tienen prohibido el acceso y circulación a estos mismos turismos por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.
Los accesos de los turismos A en el interior de la M-30 se han reducido un 64,5 % entre junio de 2019 y septiembre de 2022
Desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad se establecerá un operativo de vigilancia especial formado por agentes de movilidad para garantizar el cumplimiento de la normativa en M-30 y su interior. Los efectivos se situarán en puestos aleatorios.
El acceso no permitido a Madrid ZBE, al igual que con las otras dos ZBDEP, suponía hasta el 20 de marzo de 2022 una infracción leve de tráfico conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 75.c) y podía ser sancionada con 90 euros (45 euros si es por pronto pago), conforme a los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. No obstante, debido a la modificación de la citada ley, desde el 21 de marzo de 2022, se sanciona como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros, conforme a lo previsto en los artículos 18, 76.z3 y 80.1, (100 euros si es por pronto pago).
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