Malestar en el sector del taxi ante la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por el que se anulan varias disposiciones de la Ordenanza Reguladora del Taxi en Madrid. Concretamente se trata de cuatro artículos, entre ellos la fijación de los días de descanso obligatorio, poseer antecedentes penales, residir en la Comunidad de Madrid y lo concerniente a las emisoras de radio.
Fuentes del sector auguran un corto recorrido a las disposiciones del tribunal madrileño ya que se trata de un grupo “minoritario” el que reivindicaba un cambio en la ordenanza y señalan “otros intereses”.
Según las fuentes del sector, un sector minoritario perseguía acabar con el límite máximo de 16 horas por las que un taxi podía circular
¿Qué cambia?
Los taxistas ya no estarían obligados a residir en la región ni se les privaría de la licencia en caso de poseer antecedentes penales. Así lo ha valorado el TSJM que cita el artículo 37 para deshacerse de la obligatoriedad de establecer los días de descanso en función del número de licencia, al entender que no está justificado- y propone un régimen de descanso opcional.
Fuentes del sector consultadas por SoyDe sostienen que esta medida del alto tribunal “no era lo que perseguía” sino que se trata de una demanda de un “grupo minoritario” del taxi que persiguen la “liberalización del sector y acabar con el límite máximo de 16 horas” que establece la ordenanza por la que un taxi puede circular.
Estas mismas fuentes auguran a la aplicación de la sentencia “un corto recorrido”.