España abre la puerta a la regulación de la eutanasia. Una demanda social que cuenta con el apoyo del 84% de los españoles en caso de enfermedad incurable, según un sondeo de Metroscopia elaborado en 2017. Pese al enfrentamiento político, nuestro país contará con una legislación que contempla la despenalización de la eutanasia, convirtiéndose en el cuarto estado europeo en hacerlo tras Holanda, Bélgica y Luxemburgo.
Tras conocerse la votación favorable en el Congreso de los Diputados en la sesión celebrada ayer, son muchas las cuestiones que nos asaltan sobre cuáles serán las claves de esta ley.
La proposición de ley contempla que puedan acogerse aquellos españoles o residentes en España que “sufran una enfermedad grave e incurable” o una patología “crónica e invalidante” que provoque un sufrimiento “intolerable”.
España es el cuarto país europeo en regular la eutanasia
Será el paciente quien tome parte activa y solicite por escrito que se active el procedimiento en dos ocasiones, con una separación entre ambas solicitudes de 15 días. A partir de ese momento, el facultativo tendrá un plazo máximo de 48 horas para valorar si el paciente cumple o no con los requisitos que alberga la ley. El médico deberá facilitar al solicitante un escrito con “información sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como cuidados paliativos”.
El paciente deberá comunicar en un plazo de 24 horas si mantiene su decisión de solicitar la eutanasia.
El paciente será quien decida cómo fallecer. La ley regula la administración directa por parte de un médico de una sustancia para causar la muerte o bien que sea el paciente el que se administre a sí mismo la sustancia en su domicilio o centro sanitario.