Después de 35 años, la normativa que regula el alimento de primera necesidad, se actualiza. La nueva normativa del pan que fue aprobada por el Consejo de Ministros en abril, lleva en vigor desde el 1 de julio.
Una muy necesaria actualización para mejorar la calidad y nutrientes del alimento. Desde la OCU, llevan bastante tiempo haciendo fuerza para que se regulara el pan. “aplaudimos esta actualización de la normativa del pan, puesto que consideramos que servirá para introducir una serie de cambios que aportarán una mayor calidad y protección a los consumidores, además de porque recoge muchas de las peticiones que hacíamos”, comentan desde su plataforma.
Desde este 1 de julio, encontramos hasta 4 modificaciones en las diferentes definiciones de tipos de pan:
Los panes integrales que podemos encontrar en distintos establecimientos, en su mayoría, no son integrales, si no que mezclan harinas integrales (procedentes del grano entero) con panes hechos con harinas blancas a las que se les ha añadido cantidades variadas de salvado.
La nueva norma dicta que el pan integral es aquel que se prepara exclusivamente con harina integral o de grano entero (independientemente del tipo de cereal), solo así el consumidor estará a salvo de este tipo de confusiones.
Artesano y tradicional son dos adjetivos muy de moda en la alimentación, pero… ¿Qué significan realmente? Para que no haya dudas, se han fijado los criterios que limitan el uso del término “artesano”, estos son todos aquellos productos que se elaboran sin fabricación industrial, es decir, que se realizan de forma manual/artesanal.
La masa madre no solo supone una elaboración más artesanal debido a que la fermentación es más larga (más de 8 horas), sino que también influye en las características del pan. Esto será posible si la participación de la levadura panadera es mínima, ya que esta acelera la fermentación.
Con la aprobación de la nueva normativa, el pan de todo tipo de cereales, ya sea blanco o integral, y aquellos bajos en sal pasan a formar parte de la categoría de pan común y, por tanto, su IVA baja del 10 % al 4 %.
La OCU informa de que esta es una medida muy positiva, ya que el consumo de fibra es insuficiente en la dieta de los españoles. Si la ingesta recomendada es de 25-30 g diarios, nuestro consumo rara vez llega a los 12,5 g diarios.
Un punto muy importante para la salud de todos, si bien, la sal es beneficiosa en su justa medida, su exceso puede acarrear muchos problemas de salud a largo plazo.
La nueva norma del pan establece el 1,31 % como límite máximo de cantidad de sal presente en el pan común. Este punto no entrará en vigor hasta abril de 2022, aquellos panes que no la cumplan no podrán entrar en la categoría de pan común.