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La ley del Teletrabajo ya está en vigor
Recoge la definición de teletrabajo como realizar más de un 30% de la jornada laboral semanal en el domicilio
Madrid |

El pasado martes 13 de octubre, entró en vigor la llamada Ley del Teletrabajo. La norma, aprobada en el Consejo de Ministros el pasado martes 22 de septiembre, fue acordada con patronal y sindicatos. De esta manera, 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el real decreto-ley 28/2020 regula las normas que regirán el teletrabajo en España, una práctica altamente extendida y estandarizada a día de hoy a consecuencia del Covid-19.

¿En qué consiste dicha ley?

Entre sus contenidos, regula que la empresa tendrá que firmar un acuerdo individual con cada uno de los trabajadores, que el teletrabajo es reversible tanto por parte del asalariado como de la empresa, que el trabajador puede negarse a realizar sus deberes a distancia sin constituir esto una causa justificativa de despido, que se considera teletrabajar a realizar más de un 30% de la jornada laboral semanal en el domicilio durante un período mínimo de tres meses o que la empresa debe abonar los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral.