La vicealcaldesa de Madrid y portavoz municipal, Inma Sanz, ha informado del estudio realizado en torno a la aplicación en la capital del artículo segundo de la Ley 3/2024, de 28 de junio, de medidas urbanísticas para la promoción de vivienda protegida de la Comunidad de Madrid, un asunto del que ha dado cuenta en Junta de Gobierno el delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante. Este artículo, en concreto, regula el cambio de uso en los suelos terciarios para la implantación de viviendas con algún tipo de protección pública.
Tras su estudio, el Ayuntamiento de Madrid estima que podrían edificarse en torno a 7.500 viviendas protegidas de alquiler en una primera fase. Esta cifra podría elevarse hasta las 20.000 conforme vaya avanzando la construcción de los nuevos desarrollos en la capital. La aplicación de esta ley en la ciudad será elevada al Pleno de octubre.
La Comunidad de Madrid aprobó esta modificación en su legislación el pasado mes de junio con el objetivo de liberar 1,8 millones de metros cuadrados de locales para convertirlos en 20.000 nuevos hogares en todo el territorio regional. El texto autoriza el cambio de uso de suelo calificado como terciario -destinado a oficinas- a uno residencial, para la implantación de viviendas de alquiler sujetas a alguna protección pública (VPP). Tras su aprobación, se abrió un plazo de cuatro meses a los ayuntamientos para decidir su aplicación.
El Ayuntamiento de Madrid, en primer lugar, analizó cuáles son los ámbitos de la ciudad en los que, por la calificación de suelo (terciario oficinas), sería potencialmente aplicable la Ley 3/2024. Se han incluido las parcelas con calificación expresa de uso terciario oficinas, bien sea exclusivo o en concurrencia con otros usos cualificados.
En este análisis, se ha tenido en cuenta el estado de la urbanización de los ámbitos y el grado de construcción de las parcelas para su posible transformación viable, ya que la ley regional exige la presentación de las solicitudes de licencias en un plazo de dos años en solares finalistas o parcelas de ámbitos en situación de simultaneidad urbanización/edificación. Se han excluido, sin embargo, los ámbitos de uso industrial, al considerar que no son adecuados para el desarrollo de viviendas.
Con la aplicación de la ley, en una primera fase, se estima que podrían edificarse 7.464 viviendas. El reparto estimado por distritos sería el siguiente: