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Nuevas subvenciones para autónomos en Madrid
¿Quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas?
Madrid |

El Ayuntamiento de Madrid, a instancias del Área de Economía, Innovación y Hacienda, ha aprobado en Junta de Gobierno el lanzamiento de una convocatoria de subvenciones de 2 millones de euros en 2024 en favor de las personas afiliadas al régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos, según ha informado la vicealcaldesa y portavoz municipal, Inma Sanz.

Este sector representa un 8,7 % del total de afiliados a la Seguridad Social en la capital y ha experimentado un incremento del 2,6 % (5.148 afiliados más) en un año, siendo ya el 6 % del total de autónomos a nivel nacional, con una tasa de crecimiento superior a la de España, donde estos trabajadores han aumentado en un año apenas un 1,1 %. Del total de los 2,3 millones (2.308.449) de trabajadores afiliados a la Seguridad Social en la ciudad a finales del mes de julio (último dato disponible), y que suponen un incremento del 3,8 % en el último año, los autónomos son ya 201.933.

El gobierno municipal de Madrid, consciente de la importancia del colectivo y de su contribución a la actividad económica y al empleo en la capital, cumple con su compromiso de habilitar una línea de ayudas que contribuyan al mantenimiento y sostenibilidad de la actividad económica de estos trabajadores y que puedan ayudar a compensar el esfuerzo y los riesgos que asumen en su día a día.

Beneficiarios de las ayudas y cuantías desglosadas

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) que hayan realizado un relevo generacional, como sucesores de otro autónomo o relevistas, y/o que hayan creado empleo.

El crédito destinado a estas subvenciones se distribuirá en 250.000 euros para la línea de relevo generacional y en 1,75 millones de euros para la línea de creación de empleo.

Por una parte, el relevo generacional, considerando este como el traspaso en 2021, 2022 o 2023 de un negocio abierto por una persona inscrita en el RETA que pase a la situación de jubilación o de incapacidad permanente (total o absoluta) o gran invalidez a otra persona igualmente inscrita en el RETA, manteniendo el mismo negocio en el mismo lugar. En esta categoría, un relevo sólo podrá dar lugar a un beneficiario de la ayuda. La subvención que se podrá conceder por esta línea asciende a 10.000 euros por beneficiario.

En cuanto a la creación neta de empleo, el solicitante ha de haber creado empleo neto en 2023 en comparación con 2022. El empleo creado debe incluir al menos un contrato indefinido en 2023, que deberá continuar vigente, al menos, en enero de 2024. La creación neta se comprobará mediante comparación de la plantilla de 2023 con la de 2022. La subvención a conceder por esta línea asciende a 5.000 euros por beneficiario.

Para la gestión de estas ayudas, el Ayuntamiento de Madrid ha firmado un convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, que ejercerá las funciones de entidad colaboradora en la tramitación de las mismas y habilitará una página web para su tramitación.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.