El ocio nocturno dibuja un escenario apocalíptico. La supervivencia de las empresas como discotecas o bares musicales se torna complicada tras el avance de la pandemia y las medidas de restricción que han obligado a su cierre para contener los contagios de coronavirus. El sector pone las cifras sobre la mesa: de marzo a agosto han desparecido el 23,29% de las empresas dedicadas al ocio en España, un total de 5.822. Unas previsiones que empeoran si “de aquí a navidades no se resuelve la crisis sanitaria y económica o se adoptan medidas extraordinarias para salvar el sector”. En ese escenario, estiman que podría destruirse el 68,9% del tejido empresarial, alrededor de 17.225 pymes de un total de 25.000 y se destruirían más de 140.000 empleos.
La Asociación Nacional de Empresarios de Ocio y Espectáculos España de Noche anuncia la presentación de un recurso ante la Audiencia Nacional para denunciar la inconsistencia jurídica y epidemiológica del cierre del ocio nocturno, y la presentación coordinada de recursos contra los decretos publicados por las diferentes Comunidades Autónomas.
Desde la entidad aseguran que tras 15 días del cierre de bares musicales y discotecas en España “ha quedado demostrado que los locales de ocio NO han provocado el rebrote de contagios”. Aseguran que tras la reapertura a finales de mayo envueltas en “restricciones tan severas” como la limitación del aforo al 33%, la limitación de los horarios o la utilización de las pistas de baile, se ha comprado que “no tenían prácticamente incidencia en la evolución de la enfermedad ni de los contagios de coronavirus”.
Ha quedado demostrado que los locales de ocio NO han provocado el rebrote de contagios
El sector denuncia una “estigmatización absurda” que ha sobrevenido por “hechos aislados y puntuales”, aseguran, “denunciados por el propio sector” y que se fundamenta en “datos sin consistencia”.
Ante la indignación del colectivo, España de Noche ha presentado un recurso dirigido a la Audiencia Nacional donde reclama que se identifiquen los indicadores que se han utilizado para demostrar la especial peligrosidad sanitaria de la actividad de los locales de ocio en España, el número de brotes detectados y de contagiados, las pruebas PCR realizadas, los rastreos realizados a los contactos de riesgo, etc.
Junto con los datos epidemiológicos, el recurso denuncia “la inconsistencia jurídica de una orden comunicada que se dirige a las comunidades autónomas para que elaboren los decretos en los que se prohíbe la actividad de los locales de ocio, sin que estuviera basada en ninguna instrucción publicada en el BOE, ni en ningún acuerdo del Consejo de Ministros porque, tal y como señalaba la Abogacía del Estado, las decisiones adoptadas por las CC.AA., carecen de la fundamentación jurídica necesaria”.