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Un juez anula la prohibición de fumar en la vía pública
Rechazada la nueva orden de la Comunidad de Madrid para prevenir la covid-19
Madrid |

El magistrado sustituto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid, Alfonso Villagómez Cebrián, ha rechazado ratificar la nueva orden de la Consejería de Sanidad que incluye diversas medidas preventivas ante la covid-19. Entre las medidas se encuentra la prohibición de fumar cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad.

Los derechos fundamentales no son ilimitados

El auto así lo establece y recalca que la citada orden de la Consejería de Sanidad limita derechos fundamentales de carácter general sin una previa declaración de la alarma. Además, ha detallado que la instrucción del Ministerio de Sanidad que recoge ese marco común para que las comunidades limiten aspectos como el consumo de tabaco o la actividad de ocio nocturno, y a la que se refiere la orden regional, no aparece como referencia en el Boletín Oficial del Estado.

La resolución apunta que: “Los derechos fundamentales no son ilimitados, pueden modularse cumpliendo los requisitos legales para ello y, aunque puedan justificarse determinadas decisiones desde el prisma de criterios no jurídicos, supuestos como el que se somete a nuestra consideración en el análisis de la orden, no adquieren la categoría de limitación y afectación de los derechos fundamentales, y, en el caso hipotético de que lo fueran, por lo dicho más arriba, no podrían ser limitados por medio de una disposición administrativa como es la de la Consejería de Sanidad”.

“La conclusión, pues, a la que llegamos, es que no procede la ratificación de la Orden 1008/2020, de 18 de agosto de la Consejería de Sanidad analizada, por los motivos indicados en los anteriores fundamentos jurídicos”, como ha resuelto el juez.