El PSOE de San Fernando ha querido responder a las acusaciones del Partido Popular, y afirma que la Justicia no les ha obligado a cesar a nadie. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 28, encargado de dicho recurso presentado por los populares, sí estiman parte del recurso presentado.
Así, el PP presentó un recurso contra el Ayuntamiento alegando que había realizado nombramientos "a dedo" en calidad "personal eventual". También presentó la solicitud de tener a cargo del partido este mismo personal. Según la Sentencia del Juzgado, esta segunda instancia la desestiman pues "no existe un derecho propio de los grupos políticos de las corporaciones municipales a que se le asigne personal eventual y en consecuencia la presente Sentencia no podría reconocer tal derecho pretendido por la demandante".
Sin embargo, en cuanto al primer recurso, la Justicia ha expresado lo siguiente: "Estimar en parte el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por representación procesal contra la actuación administrativa impugnada que se anula por no ser conforme a Derecho en lo relativo al punto VIII del Acuerdo “Propuesta de nombramiento, naturaleza y retribuciones del personal eventual”, en lo referido a los puestos de Coordinador/a Área de Hacienda y Gobierno Abierto, Coordinador/a Área de Cultura y Turismo, Coordinador/a de Área de Urbanismo y Coordinador/a de Áreas Municipales, desestimando el recurso en todo lo demás". Cuando se estima un recurso contencioso-administrativo quiere decir que se falla a favor del demandante, en este caso de los populares.
Por lo tanto, el Juzgado daría, en parte, la razón a la formación azul, sin embargo no es una Sentencia firme, y alega que "contra ella cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de quince días a contar desde el siguiente al de su notificación", es decir, el Ayuntamiento puede interponer un recurso de apelación contra estas acusaciones.
Por su parte, el PSOE niega que "dicha petición ha sido completamente denegada por los tribunales. En el propio recurso del PP se centraba en buscar tener un asistente en su grupo municipal con funciones administrativas, que en este caso sí podría implicar solapar el trabajo de empleados municipales". También afirman que, "El fallo de la sentencia, simplemente estima que hay que cambiar el nombre del personal eventual para no dar lugar a error".
Así mismo, el alcalde de la ciudad, Javier Corpa, ha declarado que emprenderán acciones legales, y mantiene que “No voy a permitir que me acusen de la comisión de un delito y tomaré las medidas oportunas en defensa de mi honorabilidad (…). Me duele la ruptura de la paz social que imperaba hasta el momento, donde se realizaba oposición a través de las convicciones e ideales de cada grupo, pero no todo vale en política, y han traspasado una línea roja”.