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Absuelto tras robar 85 teléfonos de su empresa ante la ausencia de indicios incriminatorios
El supuesto autor era el coordinador de la empresa y gestionaba los pedidos
Tres Cantos |

No es la primera vez que pasa dentro de una empresa de servicios de telecomunicaciones. Lo tienen todo para caer en manos ajena: pequeños, fáciles de esconder, muy caros y con buena salida en el mercado negro y de la segunda mano. Es decir, algo muy goloso para los amigos de lo ajeno.

Eso es lo que sucedió entre diciembre de 2019 y febrero de 2021 en una empresa de Tres Cantos cuando de sus almacenes desaparecieron 85 iPhone e iPad por un valor superior a los 33.000 euros.

Los demandantes acusaron al que por aquel entonces era coordinador de la empresa, ya que era encargado de gestionar la compra de los terminales, procesar la recepción en los almacenes de la compañía y asignarlos posteriormente a sus destinos.

Además, poco después de estos hechos, el coordinador presentaba su baja voluntaria el 11 de febrero de 2021.

El acusado trabajaba de coordinador en la propia empresa y era el encargado de hacer los pedidos

La defensa del acusado, del despacho Ospina Abogados, cuestionó las acusaciones hacia su cliente, ante «la inexistencia de indicios de criminalidad».

El abogado penalista Juan Gonzalo Ospina planteó en la instrucción nuevos elementos de análisis, recurriendo a la incomodidad mostrada por la empresa cuando su defendido decidió abandonar la empresa, momento en el que «nadie le apercibió que faltase material alguno».

El letrado matizó que entre las labores de su representado no se encontraba la de encargado de recepción de pedidos y que al almacén en cuestión tenían acceso más de 6 personas «sin control alguno de inventario«, lo que deja a a entrever que cualquiera tenía acceso a la atractiva mercancía.

Estos hechos fueron corroborados por parte de un testigo propuesto por la defensa, otro extrabajador de la casa que reiteró el «absoluto descontrol» que existía en el almacén, donde no se inventariaba nada.

El testigo ratificó que el abandono del acusado de la empresa no gustó a la misma, lo que para el juez es suficiente para archivar las acusaciones "por no existir motivos suficientes para acusar a una persona determinada como autora, cómplice o encubridora del delito de hurto investigado".

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