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El Ayuntamiento de Valdemoro, obligado a pagar 2,16 millones de euros
A la empresa Cofely España, SA tras la resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 21
Valdemoro |

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 21 de Madrid, a través de un auto del 27 de febrero, anula parte del acuerdo que el Ayuntamiento tomó el 13 de abril de 2018, en sesión extraordinaria, por el que se dio inicio al procedimiento de revisión de oficio del contrato de suministro eléctrico que venía prestando la empresa Cofely España, SA.

Este contrato, adjudicado por el Ayuntamiento en 2013 por un importe de 60,8 millones de euros y una vigencia de 15 años, es uno de los que investiga el Juzgado nº6 de la Audiencia Nacional dentro de la causa 85/2014, más conocida como ‘Operación Púnica’, por presunta corrupción.

En concreto el punto que revoca el auto del juez es el referido a la parte del acuerdo del pleno en la que se anula el contrato por un lado y en el mismo se obliga a la empresa a prestar el servicio, por haberlo declarado esencial, sin que se le abonen los servicios prestados, que supusieron la emisión de 45 facturas entre el 11 de noviembre de 2017 y el uno de abril de 2019 por importe de 2.168.498,18 euros.

El juzgado advierte sobre, “la incongruencia del Ayuntamiento de Valdemoro, que se representa y manifiesta en acordar el inicio de la revisión del contrato y al tiempo suspende el trámite, acuerda resolver el contrato y convocar otro contrato, pero obligando al contratista a mantener las prestaciones del contrato”.

Así, el Juzgado estima parcialmente el recurso de la empresa Cofely España, SA, al entender que el Consistorio no puede ordenar la continuación de las prestaciones si no cumple el deber de abonar las facturas pendientes por la prórroga del servicio acordado y prestado, sin meterse a valorar el resto del procedimiento de resolución aprobado en el pleno de abril de 2018 y que fueron igualmente recurridos y se encuentran tramitándose en otros juzgados de Madrid.

El Ayuntamiento debe abonar los servicios prestados, todo ello con independencia de lo que resulte de la causa penal, pues no puede fundamentarse en la prejudicialidad penal para beneficiarse de la prestación de un servicio, sin abonar el precio

Para Sergio Parra, alcalde de Valdemoro, “ya advertimos entonces cuando el Sr. Faraldos y su equipo se empeñaron en llevarlo al Pleno, que no nos parecía el mejor camino, por cuanto se estaba poniendo en riesgo la seguridad jurídica del procedimiento a cambio de un buen titular de prensa. Por supuesto que estamos a favor de pedir la reparación del daño que los contratos que forman parte de Púnica han hecho a este municipio, pero también estamos a favor de no hipotecar al Ayuntamiento y a sus vecinos con decisiones como las que se tomaron en el caso de Cofely y de otras empresas, que se hicieron a espaldas de lo que dice la Ley, y que como vemos en esta sentencia y en las que me temo que van a seguir a esta, van a causar un grave perjuicio a las arcas públicas y a todos los vecinos”.

Una vez recibida la sentencia, el Gobierno la ha trasladado al resto de grupos políticos que forman parte del Consistorio en la Junta de Portavoces celebrada hoy y la ha remitido a los servicios jurídicos para que informen acerca de la viabilidad para recurrirla.

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