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La Policía Local no sabe si dispondrá de pistolas Táser
La utilización de estas pistolas requiere una formación que todavía no han recibido
Villaviciosa de Odón |

La Policía Local de Villaviciosa todavía no tiene respuesta sobre si van a recibir pistolas Táser. Los cursos recibidos del control de está arma están administrado por la Comunidad de Madrid, siendo esta única distribuidora del material.

Las armas Táser están incluidas en los protocolos de protección de los cuerpos de seguridad pero son los propios ayuntamientos de los municipios los que deben solicitarlas. En la primera fase formativa, el objetivo es que todos los agentes de nuevo ingreso sean capaces de utilizarlas. La formación ya ha comenzado en otras localidades cercanas a Villaviciosa.

En declaraciones para soy-de, Raúl Pascual, portavoz de Policía Local de Villaviciosa por el sindicato CSIF, " no tenemos constancia que los agentes de calle hayan recibido ningún tipo de formación para el control y uso de este tipo de armas" ."Algunos cargos superiores han realizado pruebas y diferentes simulacros con pistolas Táser"

El portavoz ha declarado que "solo tenemos constancia de la realización de esos cursos en los distritos del centro de Madrid"

El uso esta restringido a agentes que hayan realizado el curso de manejo del arma

¿Qué tipo de arma son?

Las pistolas 'Táser' interfieren el sistema nervioso muscular e inmovilizan al sujeto con descargas eléctricas: son armas que disparan dardos punzantes de 50.000 voltios, voltaje que desciende al llegar al cuerpo del objetivo, para paralizar al que recibe la descarga durante varios minutos, sin que se genere daño permanente. Pese a que la descarga es de unos 50.000 voltios, en contacto con la persona la descarga cae y convierte a esta pistola en un arma no letal. Qué son las pistolas 'Táser', cuál es su uso y sus consecuencias.

Existen dos tipos principales de armas 'táser': las pistolas que lanzan dardos, y el taser ordinario, que no dispara nada y tiene dos dientes o electrodos que sobresalen en un extremo. Ambas, como armas eléctricas, sólo las pueden usar "funcionarios especialmente habilitados", es decir, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como se especifica en el Real Decreto 137/1993 de 29 de enero.

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