El juez impide al partido querellarse contra Víctor de Aldama

El instructor explica que no puede aseverarse la falsedad de las referidas declaraciones.

Imagen: Archivo

El Supremo frena al PSOE

El panorama político comienza caldeado este 2025. El Tribunal Supremo continúa con las investigaciones relativas a la presunta trama de corrupción que envuelve al Partido Socialista y, ahora, el juez les ha negado la licencia para querellarse contra el empresario Víctor de Aldama por un presunto delito de injurias y calumnias en su declaración ante el instructor. 

 

Así lo ha traslado en un comunicado el juez que se encarga del caso. El instructor explica que en el momento marcadamente embrionario en el que se encuentra la investigación no puede aseverarse la falsedad de las referidas declaraciones, ni tampoco que resulten ajenas al objeto de la investigación. Añade que la apertura, mientras se desarrolla la fase de instrucción, de un procedimiento paralelo por calumnias generaría inaceptables disfunciones procesales

 

No obstante, el juez señala que la negativa a conceder la licencia, apoyada por la Fiscalía, para querellarse no es decisión que tenga necesariamente carácter definitivo, y que una vez concluido el juicio o en caso de que la causa termine por inexistencia de indicios, podría llegar a otorgarse.

 

Censurable filtración que podría haber partido de una o varias partes

 

Por otro lado, en una providencia, el juez rechaza la petición de Ábalos de abrir una investigación sobre la filtración a los medios de comunicación de las grabaciones audiovisuales que contienen la declaración de los investigados ante el propio instructor del Supremo. El magistrado señala que carece de competencia para esa investigación, y que el exministro, o cualquiera de las otras partes, si lo consideran oportuno, pueden denunciarlo ante los Juzgados de Madrid.

 

La providencia califica de “desgraciada” dicha filtración, que no procede del órgano jurisdiccional, y recuerda a Ábalos que tanto su representación, como el resto de las partes, tienen acceso al contenido íntegro de las actuaciones. “Todas las partes han tenido, también la que presenta el escrito que ha dado lugar a la presente resolución, acceso a las actuaciones y, en consecuencia, de cualquiera de ellas, incluso de varias, podría haber partido la censurable filtración”, indica el juez.

 

El instructor expone las medidas que ha adoptado hasta el momento, “ciertamente sin éxito”, para evitar las filtraciones, y advierte de que en lo sucesivo extremará las cautelas para evitar, “en lo posible, que filtraciones semejantes vuelvan a producirse, aceptando por anticipado cualquier sugerencia razonable y factible que pueda proceder de cualquiera de las partes en esa dirección”.

 


 

 

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