ARGANDA | ¡Atención! Arganda publica el listado de Actividades Extraescolares

Se desarrollarán en los centros educativos y en los centros municipales

Se desarrollarán en los centros educativos y en los centros municipales

Actividades Extraescolares 2023/2024.

Imagen: AYTO. Arganda del Rey

Las Actividades Extraescolares 2023-24 organizadas por el Ayuntamiento de Arganda del Rey, a través de su concejalía de Educación , comienzan  el próximo día 2 de octubre. A partir del lunes, 25 de septiembre,  se ha hecho público do el listado de actividades que se van a realizar, así como, las que se quedan en lista de espera y las actividades eliminadas por falta de alumnado que se realizarán tanto en los Centros educativos como en los Centros municipales de Arganda del Rey.

 

 

Las Actividades Extraescolares se desarrollarán en los centros educativos y en los centros municipales del 2 de octubre de 2023 al 31 de mayo de 2024, ambos inclusive, a excepción de los periodos de vacaciones de Navidad, Semana Santa, los días festivos y los días no lectivos, según el calendario escolar de la Comunidad de Madrid. Las actividades están dirigidas a los alumnos y alumnas escolarizados en centros educativos del municipio. La asistencia a las actividades de los centros escolares podrá realizarse en cualquier centro,independientemente del lugar donde el alumno curse sus estudios.

 

 

Luz verde a las Extraescolares

 

 

A continuación, se  detalla la relación de Actividades Extraescolares que comienzan el 2 de octubre , salvo Primeros del Cole, Juego y Meriendas que comenzaron en el mes de septiembre.

 

 

 

 

Actividades en espera

 

 

Una vez que se se forme el grupo de las actividades en lista de espera,  se informará a las personas interesadas por teléfono.

 

 

 

 

Por falta de alumnado

 

 

Finalmente, de todo el programa ofertado para este nuevo curso, han quedado fuera las siguientes actividades por falta de alumnos:

 

 

 

Cómo tramitar una baja

 

 

Las bajas de las Actividades Extraescolares  se comunicarán por escrito con 15 días de antelación para que el cobro de las mismas no se haga efectivo, siendo obligatoria la firma de la misma para que se produzca la anulación del cobro. La no asistencia a las actividades no supone baja de la misma. Dos recibos pendientes serán causa de baja automática y serán reclamados al titular por vía ejecutiva. Será causa de baja el alterar de cualquier forma el buen funcionamiento de la actividad o del centro, o acumular dos mensualidades pendientes de pago.

 



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