ARROYOMOLINOS | Arroyomolinos retrasa el cobro del segundo plazo trimestral y del tercero mensual del Sistema Especial de Pagos hasta finales de abril

Afecta al IBI y al Impuesto de Vehículos (IVTM) para los que se acogieron a su pago en cuatro y nueve vencimientos

Afecta al IBI y al Impuesto de Vehículos (IVTM) para los que se acogieron a su pago en cuatro y nueve vencimientos

El Ejecutivo local basa su decisión en el impacto económico negativo a familias y empresas por la crisis sanitaria.

Imagen: Ayto. Arroyomolinos

Arroyomolinos continúa aprobando medidas para paliar las graves consecuencias derivadas de la crisis sanitaria por coronavirus. Así, el ayuntamiento, a través de la Concejalía de Economía y Hacienda, "y conscientes de la situación excepcional por la que se está atravesando a nivel nacional como consecuencia de la crisis sanitaria, que está generando un considerable impacto económico adverso a los ciudadanos y empresas", ha decidido retrasar el periodo de cobro del segundo plazo trimestral y del tercer plazo mensual del Sistema Especial de Pagos del ejercicio 2020, cuyo vencimiento estaba previsto para el próximo día 20, al 30 de abril.

 

Estos pagos no se pueden suspender, indican desde el consistorio arroyomolinense, debido a que el padrón viene dado con fecha de 1 de enero, pero, "fruto de las negociaciones y de la comprensión con la entidad bancaria emisora, ha sido posible conseguir este pequeño retraso". Esta decisión, matizan, se toma teniendo en cuenta que la actual prórroga del Estado de Alarma vence el día 26 de abril, salvo que el Gobierno central decida prorrogar la situación de cuarentena y confinamiento otros 15 días más, hasta el 11 de mayo.



El ayuntamiento asegura que, fruto de las negociaciones y de la comprensión con la entidad bancaria emisora, ha sido posible conseguir este retraso

 

La solicitud para acogerse al Sistema Especial de Pagos del Ayuntamiento de Arroyomolinos sólo es válida para el pago de los siguientes tributos: Impuesto sobre Bienes inmuebles (IBI) e Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). El contribuyente puede acoger a la periodicidad del pago que prefiera, pudiendo optar por tres modalidades de pago de los impuestos acogidos a este plano, en dos, en cuatro o en nueve vencimientos.

 

Las fechas de cargo de cada plazo serán los días 20 de mes o inmediato hábil posterior. El retraso que ha decidido la Concejalía de Economía y Hacienda afecta a aquellos que se han acogido al pago en cuatro y en nueve plazos.

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