Andrés Martínez Blanes vuelve a ser noticia en el municipio de Arroyomolinos. El que fuese alcalde de la ciudad por Cs antes de la llegada de Ana Millán (PP) ha sido condenado por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 18 de Madrid por “vulnerar el derecho fundamental a la información reconocido en la Constitución”.
Así lo refleja la sentencia, según fuentes de Europa Press, que da, así, la razón a la parte demandante, el PSOE, concretamente bajo el nombre de la concejal liberada Pilar Sánchez Torres, que acusó al ex primer edil arroyomolinense de haber “denegado la información municipal sobre contratos de la empresa municipal de jardinería y servicios de conserjes, Emugesa”. Razón que le ha llegado a la socialista después de una segunda demanda, tras la que presentó el pasado mes de mayo con los mismos motivos.
Las intenciones de la socialista eran, según ha reconocido, las de "indagar en las presuntas irregularidades en los contratos de la empresa municipal Emugesa"
El fallo del jurado alude a que se debe garantizar “el acceso de la recurrente a la información municipal solicitada, al haberse vulnerado el artículo 23.1 de la Constitución Española”, y apunta a “una falta de mala fe o una intencionalidad espuria en la actuación municipal impugnada”.
Ya en el mes de mayo, Sánchez Torres interpuso la primera demanda contra Blanes por el mismo hecho, antes de las elecciones municipales, y el juez ordenó que se permitiera “el acceso completo a la información solicitada”, algo que, indican, “no se llevó a cabo”.
Las intenciones de la socialista eran, según ha reconocido, las de “indagar en las preguntas irregularidades en los contratos de la empresa municipal Emugesa”, que había estado en el foco de la polémica tras unos despidos que se tacharon de improcedentes. El por entonces equipo de Gobierno se defendió alegando que se trataba de “contratos temporales” que no se podían renovar.
Sánchez Torres recalca, además, que “si un alcalde es condenado por vulnerar derechos fundamentales en sucesivas sentencias se considera grave” y, matiza, “se puede pedir su inhabilitación ante la jurisdicción penal”.