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COLMENAR VIEJO | Los vecinos de Colmenar Viejo tienen prohibido subir carros de la compra en los autobuses

La Asociación de Vecinos por Colmenar Viejo pedirá al Consorcio de Transportes y al Ayuntamiento que se cumpla con un derecho que tienen los colmenareños

La Asociación de Vecinos por Colmenar Viejo pedirá al Consorcio de Transportes y al Ayuntamiento que se cumpla con un derecho que tienen los colmenareños

Autobús Colmenar Viejo.

Imagen: Ayuntamiento de Colmenar Viejo

La Asociación de Vecinos por Colmenar Viejo ha manifestado su malestar por la aplicación de una nueva norma que prohíbe a los colmenareños subir el carrito de la compra en los autobuses del municipio. Solicitarán al Consorcio de Transportes y al Ayuntamiento que se cumpla con el derecho que entienden asisten a las personas del pueblo.

 

La entidad vecinal explica: "La dependencia del transporte público ha aumentado los últimos años. La desaparición del comercio local de proximidad obliga a los vecinos que no poseen vehículo particular a utilizar el autobús para realizar sus compras. Pese a ello, la empresa Interbús ha dado instrucciones a sus conductores para no permitir el acceso de viajeros con el carrito de la compra".

 

La sociedad de vecinos colmenareña asegura: "De la noche a la mañana, los vecinos de Colmenar Viejo usuarios habituales del transporte público se han encontrado con una dificultad más a sumar al actual trazado de las líneas urbanas e interurbanas de Colmenar Viejo, horarios, pésima información de los servicios y mal estado de los vehículos. Ahora está prohibido también acceder con el carrito de compra a los autobuses de la empresa Interbús, concesionaria del servicio de Transporte Público en Colmenar Viejo".

 

La Asociación Vecinos por Colmenar Viejo acusa a Interbús de no cumplir con el reglamento de servicios interurbanos de la Comunidad de Madrid que garantiza una serie de derechos de los viajeros que el reglamento de viajeros de Interbús, publicado en su web, no recoge:

 

En el apartado (j) dice que "Transportar equipajes, con un máximo de 30 kilogramos de peso, en aquellas líneas que, por sus características, dispongan de vehículos dotados de bodega".

 

El apartado (k) refleja que "Acceder a los autobuses con bicicletas, en los términos y condiciones que establezca la Consejería competente, que respetarán el derecho al uso de los espacios reservados a las personas de movilidad reducida".

 

Además la agrupación vecinal interpreta: "Es fácil entender que el criterio del legislador se refiere a garantizar la seguridad y la comodidad de los demás pasajeros, pero de la misma forma que se reconoció el derecho a subir de los carritos de bebés o las sillas de ruedas en aquellos autobuses en que se autoriza la presencia de pasajeros de pie, no parece que debiera haber problema con carritos o maletas. Pero una vez establecido ese límite, la prohibición que impone Interbús excede de lo permitido en el espíritu del reglamento y afecta ante todo a usuarios de la tercera edad, vecinos que no disponen de vehículo privado para sus desplazamiento y residentes de los barrios periféricos de la localidad como Adelfillas o el Barrio de la Estación, así como los que utilizando el servicio de Cercanías y tienen autorizado el transporte de esos equipajes, y en general, a todos los que hasta hace pocos días se servían del Transporte Público para llegar hasta los diferentes supermercados de la localidad y realizar sus compras cotidianas".

 

Según ha podido saber la Asociación de Vecinos por colmenar Viejo, esta prohibición nace de la dirección de la Empresa Interbús la cual ha indicado a sus conductores que ejecuten esta orden a rajatabla, ya que se han producido algunos incidentes con carritos de la compra en el interior de los autobuses y los cuales no son cubiertos por las aseguradoras de los autobuses. Sin embargo, esto no debería ser problema ya que en el reglamento en vigor de la Comunidad de Madrid se alude a la responsabilidad del usuario si no toma las medidas oportunas. Expresamente se cita en el reglamento el anclaje de las sillas, por lo que sorprende que, por extensión, no se considere la sujeción de los carritos. La prohibición, en cualquier caso, carece de sentido en los autobuses con bodega –los “altos” ya que la concesionaria está obligada a abrir la bodega. Pero estas bodegas han ido desapareciendo limitando el transporte de equipajes reconocidos por la norma en vigor, bien porque la Administración Autonómica ha dado el visto bueno a autobuses interurbanos desprovistos de ellas, bien porque no se ofrece su utilización a los viajeros.

 



La prohibición, en cualquier caso, carece de sentido en los autobuses con bodega –los “altos” ya que la concesionaria está obligada a abrir la bodega

 

La Asociación de Vecinos por Colmenar Viejo reclama un compromiso claro del Consorcio Regional de Transportes en este aspecto, porque la prohibición compromete y dificulta la movilidad de los vecinos del municipio en transporte público. Por ello, y en los próximos días, la Asociación se dirigirá al Consorcio solicitando que se permita el acceso de los carritos de la compra en los autobuses y que se modifique en lo que sea necesario el Reglamento de Viajeros del Transporte Interurbano de la Comunidad de Madrid para garantizar que los viajeros puedan desplazarse con “equipajes” razonables, como los permitidos en las líneas de Cercanías.

 

Además, la Asociación va a solicitar al Ayuntamiento, tanto a Alcaldía como a Concejalía de Transporte, que reaccionen con la misma urgencia y presteza con la que se reunieron con el Consejero de Transporte para luego anunciar la ampliación de la línea 720 hasta el Hospital de Villalba, ya que son todas circunstancias que condicionan y perjudican a la movilidad de los colmenareños, y que necesitan de una solución urgente que está en manos del Consejero de Transportes que tan bien atendió los requerimientos de los usuarios.

 

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