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NOTICIAS | El consejero de Economía, Hacienda y Empleo pide a la vicepresidenta primera que aclare los criterios de ayudas COVID

Javier Fernández-Lasquetty ha enviado una carta a la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.

Javier Fernández-Lasquetty ha enviado una carta a la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.

Javier Fernández-Lasquetty en la Asamblea de Madrid.

Imagen: Twitter

El consejero de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty ha enviado una carta a la vicepresidenta primera y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño. En el escrito pide a la Ministra que aclare los criterios de ayudas COVID a empresas y autónomos.

 

 

El Real Decreto Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, establece en su artículo 1.3 que “las ayudas directas recibidas por los autónomos y empresas considerados elegibles tendrán carácter finalista y deberán aplicarse a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley. En primer lugar, se satisfarán los pagos a proveedores, por orden de antigüedad y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, primando la reducción del nominal de la deuda con aval público.”

 

 

Javier Fernández-Lasquetty señala que "a día de hoy, este es el único texto legal y oficial en el que se determina la finalidad a la que pueden destinarse las ayudas, entendiendo como deudas o pagos pendientes aquellos que aún no hayan sido satisfechos, independientemente de que los mismos se encuentren dentro del plazo de pago acordado entre las partes o que se consideren impagados por haber superado dicho plazo."



Javier Fernández-Lasquetty señala que el Real Decreto Ley 5/2021 "a día de hoy, este es el único texto legal y oficial en el que se determina la finalidad a la que pueden destinarse las ayudas"

"No obstante, he tenido noticia a través de los medios de comunicación, de  que el Ministerio de Economía avala ahora la posibilidad de destinar estas ayudas a  compensar pérdidas contables de las empresas independientemente de que se  hayan pagado o no, concepto no incluido en el texto legal aprobado, ni siquiera en  el orden de prelación del destino de las ayudas", indica el consejero de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid

 

 

"Creo que cualquier nueva normativa o interpretación de la actual que realice  el Ministerio, de una convocatoria de ayudas tan vital para nuestra economía,  autónomos y empresas, debe realizarse de forma pública y con todo el rigor que  exige el principio constitucional de seguridad jurídica".

 

 

Finaliza solicitando que Nadia Calviño, ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital "clarifique de forma oficial, qué conceptos son  susceptibles de ser financiados con cargo a estas ayudas conforme al texto  aprobado mediante el Real Decreto Ley 5/2021. Si usted entiende que los  conceptos a financiar deben extenderse más allá de lo previsto en dicho texto legal,  debería aprobar la correspondiente normativa para que los interventores  autonómicos, sujetos a la estricta legalidad, puedan fiscalizar favorablemente  dichas ayudas". 

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