NOTICIAS | Estos son los 10 puntos "inconstitucionales" del Real Decreto Ley de ahorro energético

La Comunidad de Madrid presentará un recurso de inconstitucionalidad contra este Real Decreto

La Comunidad de Madrid presentará un recurso de inconstitucionalidad contra este Real Decreto

La Comunidad de Madrid ha visto fallos garrafales.

Imagen: Comunidad de Madrid

Después de que la Comunidad de Madrid, anunciara ver "fallos garrafales" en las medidas de ahorro energético y afirmar que presentará un recurso de inconstitucionalidad contra este Real Decreto, han explicado cuáles son los 10 puntos que consideran inconstitucionales del Real Decreto Ley de ahorro energético.

 

De esta manera, Enrique Ossorio, Vicepresidente de la Comunidad de Madrid, ha argumentado que "el Gobierno de Sánchez invoca su competencia sobre el régimen energético para invadir competencias de las Comunidades Autónomas, pero este argumento se diluye porque el propio Real Decreto Ley afirma que su objeto no es garantizar el suministro de gas a España, porque nuestro país no tiene este problema". 

 

 

En segundo lugar, desde la Comunidad de Madrid consideran que el "acuerdo europeo no es obligatorio". Es más, Ossorio ha continuado diciendo que el Gobierno de la nación se "habría excedido, por ejemplo, en imponer unas temperaturas máximas excepcionales en la refrigeración y la calefacción".

 

El cierre de puertas obligatorio es otra de los diez puntos que han declarado como "inconstitucionales". "Choca con la normativa estatal y autonómica de salud pública, que está vigente y que fue dictada con ocasión de la pandemia. La ventilación es necesaria", aclara el vicepresidente de la Comunidad de Madrid. 

 

En cuanto a la obligación de instalar cartelería y pantallas informativas, "excede del carácter básico porque no está ligada directamente al ahorro, todo lo contrario, consume más energía".

 

"La extensión de las prohibiciones a energías renovables o de autoconsumo excede la necesaria proporcionalidad, si lo que se pretende es ahorro de gas ¿Por qué se prohíbe la iluminación sustentada en fuertes alternativas?", pregunta Ossorio.

 



La Comunidad de Madrid ha visto fallos garrafales en este Real Decreto

 

Sobre el apagado de escaparates, a las 22:00 horas explican que "choca con la Ley de libertad de horarios comerciales de la Comunidad de Madrid, que permite abrir las 24 horas del día".

 

En el séptimo punto, desde el Gobierno regional comentan que "el adelanto puntual de la inspección de eficiencia energética excedería la competencia estatal porque la periodicidad de las inspecciones no tiene carácter básico".

 

El apagado de edificios públicos "colisionaría con la competencia del cuidado y utilización de los edificios propios y el desarrollo turístico de la región", aclara el vicepresidente.

 

Por su parte, Ossorio ha comentado que si el "acuerdo europeo habla de una vigencia hasta marzo de 2023, ¿Por qué el Gobierno de Sánchez nos regala unos meses más hasta octubre de ese año?".

 

En cuanto al último punto, el vicepresidente aclara que el régimen sancionado "está repleto de inseguridad jurídica y originará que las posibles multas tengan vicios de legalidad o constitucionalidad como pasó en los estados de alarma y que sean nulas".

 

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