NOTICIAS | La justicia levanta la suspensión al decreto educativo de la Comunidad que regulaba la promoción

La Comunidad de Madrid ha mostrado su “satisfacción” por la decisión judicial, ya que consideraban que el Decreto regional no vulneraba la normativa nacional

La Comunidad de Madrid ha mostrado su “satisfacción” por la decisión judicial, ya que consideraban que el Decreto regional no vulneraba la normativa nacional

El consejero de educación, Enrique Ossorio.

Imagen: Comunidad de Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha levantado las medidas cautelerísimas solicitadas por CCOO y que suspendían el decreto regional de Evaluación, Promoción y Titulación en ESO y Bachillerato, aprobado por la Comunidad de Madrid para ofrecer criterios objetivos a los profesores para evaluar los alumnos, frente a la normativa laxa del Gobierno de España. 

 

 La medida de suspensión fue decretada el pasado martes 24 de mayo, y desde entonces no se aplicaba en los centros educativos de la región. Los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid presentaron el viernes 27 de mayo las alegaciones para revocar esta decisión con la que dos de las cinco magistradas que firmaron el auto mostraron su disconformidad.

 

La Comunidad de Madrid ha mostrado su “satisfacción” por la decisión judicial ya que desde el primer momento consideraban que el Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno regional no vulneraba la normativa nacional. El auto, conocido a lo largo del día de hoy también condena a costas al sindicato CCOO por “mala fe procesal”.  

 

La Comunidad de Madrid aprobó el pasado 18 de mayo el decreto de evaluación, promoción y titulación en ESO, Bachillerato y FP con el que garantizaba que, dentro de sus competencias y a pesar de la entrada en vigor de la ley estatal LOMLOE, los centros educativos de la región podían mantener la cultura del esfuerzo entre el alumnado y la calidad de la enseñanza.



Un decreto con criterios para los docentes

La normativa del Ejecutivo central, aprobada el pasado mes de noviembre ya iniciado el curso, no establecía criterios concretos para decidir con objetividad si un alumno debía pasar de curso u obtener el título en ESO y, además, eliminaba la posibilidad de que fuesen, las comunidades autónomas, las que los desarrollasen. 

 

El Ejecutivo autonómico entiende que esta situación dejaba a los equipos docentes toda la responsabilidad, lo que podía conducir a una disparidad de criterios entre los diferentes centros educativos. Frente a esta laxitud y falta de concreción, el Gobierno madrileño recoge, con este decreto, la posibilidad de que los equipos docentes acuerden que, en ESO, como ha sucedido hasta este curso, un estudiante repita curso cuando tenga tres materias o más suspensas, aunque de manera excepcional podrá promocionar con tres siempre que no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, circunstancias que desde la Comunidad de Madrid ya se consideran que facilita lo suficiente. 

 

Asimismo, las decisiones de promoción y evaluación en esta etapa que hayan de adoptar los equipos docentes habrán de realizarse por mayoría cualificada de 2/3 sus miembros y previa deliberación. 

 

 

En cuanto a Bachillerato, los alumnos pasarán de primer curso cuando superen todas las materias o tengan dos insuficientes como máximo, tal y como se producía hasta ahora. Sin embargo, tras la aprobación de la LOMLOE, se abría la posibilidad de que un estudiante pueda aprobar segundo curso y obtener el título de Bachillerato con una suspensa, y, por lo tanto, acceder en estas circunstancias a las enseñanzas universitarias. 

 

La Comunidad de Madrid pretende evitar esta circunstancia, por lo que en caso de que se pudiese dar esa situación, la deliberación se tendría que validar con una mayoría cualificada de 4/5 del equipo docente.

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