El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha puesto en marcha el Registro de Mediadores del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que permitirá a las entidades colaboradoras acreditar la idoneidad de potenciales beneficiarios de la prestación.
La orden ministerial que hace efectiva la creación de este registro se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que ya pueden solicitar su inscripción aquellas entidades que cumplan los requisitos. Con esta medida se permite a las entidades del tercer sector de acción social, las ONGs, colaborar en la gestión del Ingreso Mínimo Vital, previa inscripción en dicho registro. Con ello, el Ministerio de Inclusión pretende ampliar el número de beneficiarios de la prestación.
En primer lugar, las entidades, como ya pueden hacer los servicios sociales de las entidades locales, podrán emitir certificados para la acreditación de circunstancias como el empadronamiento o situaciones de vulnerabilidad especialmente complejas. Con ello, contribuirán a facilitar el acceso a distintos hogares al Ingreso Mínimo Vital. Por ejemplo, podrán acreditar la situación de vulnerabilidad de una familia que resida en una vivienda con otras familias.
De esta forma, la puesta en marcha del Registro de Mediadores del Ingreso Mínimo Vital contribuirá a llegar a aquellos hogares en situación de vulnerabilidad que son potenciales perceptores. Las entidades, desde el día siguiente a la publicación en el BOE de esta norma, podrán solicitar ser mediadoras y si resuelve favorablemente estarán habilitadas para emitir certificados que acrediten circunstancias como el empadronamiento o situaciones de vulnerabilidad especialmente complejas. La acreditación de esas realidades particulares, como el sinhogarismo, requiere la participación de los servicios sociales, y de las entidades del tercer sector.
Por tanto, la figura de los mediadores sociales del Ingreso Mínimo Vital constituye un mecanismo de cooperación reforzada en la tramitación de la prestación que se hace necesaria de forma transitoria para agilizar y facilitar a la entidad gestora de la prestación, la acreditación de determinados requisitos exigidos para el acceso a la misma.
Las entidades, desde el día siguiente a la publicación en el BOE de esta norma, podrán solicitar ser mediadoras y si resuelve favorablemente estarán habilitadas para emitir certificados que acrediten circunstancias como el empadronamiento o situaciones de vulnerabilidad especialmente complejas.
Requisitos de los mediadores sociales
Para poder inscribirse en el Registro de Mediadores Sociales del Ingreso Mínimo Vital, todas las entidades del tercer sector tendrán que cumplir una serie de requisitos, como carecer de fines lucrativos, hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, disponer de puntos de atención directos a las personas en todas las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía, y acreditar la experiencia de, al menos, tres años en el acompañamiento y asistencia a personas en riesgo de exclusión social.