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NOTICIAS | No harán falta licencias adicionales a empresas para operar en la región gracias a la ley de Mercado abierto

Se estima que generará 50.000 nuevos empleos y un incremento del PIB regional en 1,6 puntos

Se estima que generará 50.000 nuevos empleos y un incremento del PIB regional en 1,6 puntos

Asamblea de Madrid.

Imagen: Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid da un paso más en la reducción de carga regulatoria gracias a la Ley de Mercado Abierto, que permitirá que las empresas, bienes y servicios nacionales que quieran operar en la región puedan hacerlo sin tener que solicitar licencias adicionales a las de sus lugares de origen. Se estima que la medida genere, en el medio y largo plazo, un aumento de 1,6 puntos del PIB y aproximadamente 50.000 nuevos empleos.

 

 

La nueva norma del Gobierno autonómico ha sido aprobada por la Asamblea legislativa después de superar las enmiendas a la totalidad y el debate de enmiendas parciales. Se trata de uno de los compromisos de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, recogidos en el acuerdo de investidura y con el que se quiere avanzar hacia una mayor liberalización normativa y mejorar la competitividad empresarial.

 

Así, todo profesional que desarrolle su actividad en cualquier parte del territorio español podrá ejercerla también en la Comunidad de Madrid, siempre que cumpla con los requisitos normativos de acceso y ejercicio de la actividad del lugar de origen. También será de aplicación a los productos que se comercializan en el Estado y que, con esta Ley, podrán circular libremente sin trámites adicionales a los que ya hayan realizado.



Posibles casos

De esta manera, como ejemplos, las empresas de mudanza que operan en Valencia o Zaragoza no necesitarán inscribirse en el Registro de Empresas del sector de la Comunidad de Madrid o un pequeño negocio de Albacete, dedicado a la gestión de residuos de la construcción, ya no tendrá que solicitar una nueva licencia.

 

Asimismo, esta iniciativa recoge el compromiso del Ejecutivo madrileño por suprimir regulación propia en aquellos casos en los que los requisitos de acceso a la actividad sean mayores que los de otras Comunidades Autónomas.

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