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NOTICIAS | Nuevas medidas para vuelos procedentes de China

Se exige un Certificado COVID Digital de la UE o equivalente

Se exige un Certificado COVID Digital de la UE o equivalente

También se realizan pruebas diagnósticas a su llegada.

Imagen: Moncloa

 

 

El riesgo de nuevos contagios por COVID vuelve a aparecer en escena ante el aumento de la incidencia en China y, pese a las vacunaciones, las medidas de control en aeropuertos para viajeros procedentes del país asiático no se ha hecho esperar. El pasado 31 de diciembre se ponían en marcha dispositivos de control sanitario consistentes en un control documental, visual y de temperatura y en la realización de una prueba diagnóstica de infección activa por SARS-CoV-2. Si ésta arrojara un resultado positivo, se activarán los protocolos de comunicación y coordinación establecidos con los servicios sanitarios de las comunidades autónomas. El primer vuelo afectado por dicha norma llegaba al Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas a las 18:00 horas del último día de 2022.

 

 

Desde el 3 de enero, además, y según la Resolución publicada en el BOE, será necesario aportar un Certificado COVID Digital de la UE (CCD-UE) o equivalente a todas las personas que vengan en avión desde China hasta nuestro país. En el caso de los certificados de vacunación, se admitirán las pautas vacunales establecidas en la Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España. Si se trata de un certificado de recuperación, se aceptarán como válidos los expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT o test de detección de antígeno con resultado positivo, realizada por profesionales sanitarios o personal cualificado.

 

 



El primer vuelo afectado por dicha norma llegaba al Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas a las 18:00 horas del último día de 2022

 

 

 

 

El certificado tendrá una validez de 180 días después de la fecha del primer resultado positivo de prueba diagnóstica. Por último, en caso de no tener un Certificado COVID Digital de la UE o equivalente, los pasajeros deberán disponer de un certificado de prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19 con resultado negativo, como los referidos anteriormente. Los controles estarán en vigor, inicialmente, hasta las 24:00 horas del 15 de febrero de 2023.

 

 

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