Si tu intención es regalar tecnología o electrodomésticos estas Navidades, te recomendamos que esperes hasta el día 1 de enero, ya que con la modificación de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios entrará en vigor una nueva medida por la que se amplía el plazo de garantía legal de estos productos, pasando a ser de tres años, en lugar de dos, como ha sido hasta ahora. Productos duraderos como televisores o incluso vehículos vendidos a partir de dicha fecha se verán afectados por este cambio en la regulación.
También se amplía de seis meses a dos años el plazo durante el cual el consumidor no tiene que demostrar la falta de conformidad del producto, lo que facilitará la reparación. Un plazo que en la actualidad es de solo 6 meses y que se ha demostrado claramente insuficiente. Los datos de OCU señalan que el 40% de los consumidores afectados por un problema durante el periodo de garantía ni siquiera intenta que se lo reparen, por las dificultades que encuentran..
Al mismo tiempo, los fabricantes deberán garantizar la existencia de repuestos hasta un mínimo de diez años (hasta ahora eran solo cinco). Una medida que también fomentará las reparaciones y por lo tanto la durabilidad y sostenibilidad de un producto, en línea con la Agenda Europea del consumidor, facilitando la transición ecológica hacia un consumo más eficiente y en lucha contra la obsolescencia prematura.
Los fabricantes deberán asegurar las piezas de repuesto de sus productos durante 10 años, y no durante 5 años, como hasta ahora.
Con estas medidas, entre otras, se incorpora al Derecho Español la Directiva Europea (UE) 2019/771 de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes, que debía trasponerse a nuestro ordenamiento antes del 1 de julio de 2021 (los cambios entran en vigor el 1 de enero de 2022) para mantener la apuesta europea por la sostenibilidad y racionalización del consumo.