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NOTICIAS | Premios a la Prevención de la COVID-19 en las empresas

El plazo de solicitudes comienza el día 16 de septiembre y finaliza el 15 de octubre.

El plazo de solicitudes comienza el día 16 de septiembre y finaliza el 15 de octubre.

Las solicitudes se podrán realizar de forma telemática o presencial.

Imagen: archivo

La Comunidad de Madrid pone en marcha en la IV Convocatoria de Reconocimientos y Menciones en Prevención de Riesgos Laborales, a través de la cual pretende servir de apoyo para las buenas prácticas desarrolladas por organizaciones y empresas y cuya finalidad sea la prevención y el control de la COVID-19. El objetivo, según se detalla en el portal oficial del gobierno de la región, es contribuir a la difusión de la cultura de la prevención e incentivar las mejores soluciones preventivas adoptadas, con el fin de reducir los daños derivados de las condiciones de trabajo, y entendidas como tales cualquier actuación, acción o medida desarrollada con un beneficio tangible en la seguridad y salud laboral.

 

Así, se evaluará la implantación de medidas complementarias a las ya que sean obligatorias por ley, como por ejemplo la gestión de contactos extralaborales de los trabajadores, contar con un protocolo adaptado y personalizado para la detección, notificación, estudio y manejo de casos y contactos, o disponer de un sistema de gestión contra el COVID-19 avalado por una entidad externa. 

 

Podrán ser beneficiarios de los reconocimientos personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, siempre que cumplan los requisitos de tener al menos un trabajador por cuenta ajena y desarrollar la actividad económica en la región y en centros de trabajo situados en el territorio de la Comunidad de Madrid. 

 

En la convocatoria se establecen dos categorías para reconocer las buenas prácticas preventivas: una para las empresas o entidades con una plantilla inferior a 50 trabajadores, y otra para las que superen el medio centenar de empleados, siguiendo el mismo procedimiento a seguir que en años anteriores. 

 

El plazo de solicitudes comienza el día 16 de septiembre y finaliza el 15 de octubre. Las candidaturas serán evaluadas por el Jurado Calificador nombrado, y su propuesta de resolución se elevará, a través del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, al Consejero competente en la materia que resolverá la convocatoria mediante Orden. Entre todos los solicitantes que concurran y cumplan las condiciones descritas se otorgará un primer premio para el ganador, además de dos menciones especiales del jurado para los finalistas. Toda la información relativa a la convocatoria, al igual que la solicitud de participación a los reconocimientos y menciones de este año se pueden realizar mediante la página web comunidad.madrid.



Se valorarán, entre otros factores, la implantación de medidas complementarias para prevención o el hecho de contar con protocolos personalizados para la detección de casos.

Documentos aportar junto a la solicitud:

1. Poder de representación

2. Documentación acreditativa del número de trabajadores de la empresa

3. Memoria explicativa de las buenas prácticas preventivas desarrolladas

4. Documentación adjunta a la memoria explicativa

5. Declaración responsable del tipo de modalidad para la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas

6. Declaración responsable de haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva

 

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

1. Documento nacional de identidad del solicitante o, en su caso, del representante de la sociedad o persona autorizada. (sociedad/empresa/entidad)

2. Número de identificación fiscal de la sociedad. (sociedad/empresa/entidad)

3. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

 

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al procedimiento:

1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)

 

 

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