NOTICIAS | Prohibida la cría de aves al aire libre, tras el foco de gripe aviar

La orden afecta a una docena de municipios, especialmente en la zona Suroeste de la región

La orden afecta a una docena de municipios, especialmente en la zona Suroeste de la región

Su capacidad de transmitirse a las personas resulta muy reducida.

Imagen: archivo.

 

 

Tras el foco de gripe aviar detectado en el Parque Natural de El Soto de Móstoles, por el cual murieron 90 ocas, 5 gansos y un ánade real, -episodio precedido a su vez por otros casos en Guadalix de la Sierra, Colmenar Viejo y Tres Cantos-, la Comunidad de Madrid ha emitido una orden por la que se prohíbe, entre otros, la cría de aves al aire libre, con la finalidad de evitar más contagios entre estos animales. Cuando no sea posible, se podrá autorizar, previa solicitud, el mantenimiento de aves de corral al aire libre mediante la colocación de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres, siempre que se alimenten y abreven en el interior de las instalaciones o en un refugio y se evite su contacto con los alimentos o el agua destinados a las mismas.

 

 

Así, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura del Gobierno regional también ha establecido que los propietarios de aves deberán, obligatoriamente, registrar sus explotaciones no comerciales o familiares en un censo, que tendrá que remitirse con la mayor brevedad posible a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

 

 

 

 

Entre las medidas sanitarias de salvaguardia constan, asimismo, la prohibición de utilización de pájaros como reclamo de caza y la cría de patos y gansos con otras especies, así como el suministro de agua para aves de corral procedente de depósitos donde puedan acceder aves silvestres, a no ser que esté específicamente tratada. Por otra parte, se extremarán las medidas de bioseguridad en las explotaciones de cría de aves de corral, minimizando visitas e implantando protocolos de limpieza y desinfección a vehículos y personas. Queda prohibida, de la misma manera, la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones, celebraciones culturales y cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas al aire libre (No tienen la consideración de aves cautivas las aves mantenidas en un establecimiento autorizado para su venta a particulares como ave de compañía, ni aquellas aves de corral mantenidas en un establecimiento comercial para su posterior venta al por menor a particulares).

 

 

Los municipios afectados son Móstoles, Alcorcón, Arroyomolinos, Villaviciosa de Odón, Navalcarnero, Brunete, Fuenlabrada, Boadilla del Monte, Leganés, Humanes de Madrid y Moraleja de Enmedio. En las zonas de la Comunidad de Madrid distintas de los municipios mencionados, queda prohibida la presencia de aves de corral en los centros de concentración de animales definidos en el párrafo anterior. 

 

 



Este virus no puede ser transmitido al hombre a través de carne de ave cocinada, huevos o productos procesados derivados de ellos.

 

 

 

 

La influenza aviar es extremadamente contagiosa, con una elevada mortalidad en 24 horas en explotaciones avícolas comerciales. Esta enfermedad está incluida en la lista única de enfermedades de notificación obligatoria de la Organización Mundial de Sanidad Animal, y en la lista de enfermedades de declaración obligatoria de la Unión Europea, disponiendo a tal efecto de unas medidas específicas de lucha reguladas en el Real Decreto 445/2007, de 3 de abril. Sin embargo, su capacidad de transmitirse a las personas resulta muy reducida. En cualquier caso, este virus no puede ser transmitido al hombre a través de carne de ave cocinada, huevos o productos procesados derivados de ellos.

 

 

 

 

 

 

 

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