NOTICIAS | Una ley urgente para modificar 15 leyes

El PP registra una proposición para simplificar y mejorar la eficacia de instituciones y organismos de la Comunidad de Madrid

El PP registra una proposición para simplificar y mejorar la eficacia de instituciones y organismos de la Comunidad de Madrid

Los textos se llevarán a la Asamblea esta semana y la que viene.

Imagen: Archivo

El PP de la Comunidad de Madrid quiere seguir avanzando "en la línea de claridad y simplificación normativa", y para ello llevará al pleno del 23 de noviembre la Proposición de Ley de Medidas para la Simplificación y Mejora de la Eficacia de Instituciones y Organismos de la Comunidad de Madrid. Con esta medida se quieren revisar y modificar leyes que regulan instituciones y órganos fundamentales para dotarlos de mayor agilidad y eficacia o para superar situaciones de bloqueo en sus actuaciones.

 

Los cambios que se introducen buscan, asimismo, una homologación con la legislación estatal, a la vez que actualizar la normativa autonómica que, conforme a la experiencia, ha demostrado la necesidad de su reforma.

 

Entre las cuestiones más relevantes, la nueva Ley facilita la toma de decisiones de los organismos autonómicos, se fortalece el control de las cuentas públicas a través de la Cámara de Cuentas, se habilita al Consejo de Gobierno para que revise la vigencia de disposiciones organizativas, y se da una mejor cobertura de personal al déficit de sanitarios en especialidades médicas.

 

Por otro lado, el GPP ha registrado también dos proposiciones de ley, que irán ya al pleno de esta semana, para modificar la ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid y la Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección integral contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid. El objetivo es dar mayor claridad y seguridad jurídica, así como eliminar algunos aspectos como la inversión de la carga de prueba sin menoscabo de continuar con la garantía y protección de los derechos de las personas trans y LGTBI.



Se modifican las siguientes Leyes:

  • Ley de Gobierno y Administración, para que el Consejo de Gobierno:
    • Pueda regular el estatuto de los expresidentes. Solo Cantabria y Madrid carecen de regulación en este ámbito. De esta forma, se supera esta anomalía y se “dignifica” la situación de los expresidentes y exconsejeros.
    • Pueda mejorar la seguridad jurídica, estableciendo la caducidad de las disposiciones reglamentarias de carácter organizativo y la evaluación ex-post de las disposiciones normativas, para evitar la profusión de legislación obsoleta (compromiso electoral).

 

  • Ley de Cámara de Cuentas para solventar el bloqueo de su renovación. El número de miembros pasa de 3 a 7 y se modifica el sistema de elección de presidente y consejeros de forma similar al de elección de la Mesa de la Asamblea.

 

  • Ley de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid para suprimir el límite del mandato del presidente de forma que sean los propios empresarios quienes dedidan quiénes les representan y por cuánto tiempo.

 

  • Ley de supresión del Consejo Consultivo para que el Consejo de Gobierno pueda dar acceso a la Comisión Jurídica Asesora a personas de reconocido prestigio, al igual que ocurre en el Consejo de Estado y otros órganos consultivos autonómicos. Su presidente se elegirá por decreto de Consejo de Gobierno.

 

  • Ley de Radio Televisión Madrid para terminar con el bloqueo del nombramiento del Director General y darle mayor flexibilidad y estabilidad. Para ello:
    • El Consejo de Administración incrementa su número de miembros de 5 a 7, se adecúa a la representación de los grupos parlamentarios en la Asamblea, y se reduce el mandato de 6 a 4 años.
    • La junta de accionistas de la empresa pública RTVM podrá nombrar al Director General a propuesta del propio Consejo de Administración cuyos miembros son elegidos por los parlamentarios garantizando en todo caso la pluralidad y neutralidad informativa.
    • El mandato del Director General será de 4 años.
    • Se amplía la duración del contrato-programa.

Esta modificación conlleva la de la Ley 2/2001 de 18 de abril, de Contenidos Audiovisuales y Servicios Adicionales.

  • Ley de Buen Gobierno y Profesionalización de la gestión de los centros y organizaciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud para devolver al Consejo de administración del SERMAS la posibilidad de ejercer las competencias que le son propias y poder elegir, de entre los mejores, a los gestores de los hospitales, agilizando los nombramientos y ofrecer así una respuesta más rápida y eficiente a las necesidades de cada centro hospitalario.

 

  • Ley de Transparencia y de Participación de la CM, para atribuir al Consejo de Transparencia funciones en materias relevantes como la protección de datos dotando al Consejo de competencias de coordinación y ejecución en este ámbito. Para reforzar su actividad se modifica su composición de forma similar al Consejo estatal, se nombra al presidente por el Consejo de Gobierno, se elimina su dependencia de la Asamblea, y se pone a su disposición una unidad técnica de apoyo, lo que redundará en su mayor carácter técnico, manteniendo la independencia del órgano. El número de consejeros pasa de 3 a 1, lo que supone reducir el tamaño de la Administración. El régimen sancionador será el previsto por la legislación estatal.

 

  • Ley de Medidas Urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la Administración de la CM para mejorar los servicios públicos fundamentales, como la Sanidad, flexibilizando la incorporación de personal sanitario extra-comunitario para cubrir de forma temporal especialidades médicas deficitarias; y facilitar la actividad de la Agencia de Contratación Sanitaria modificando la composición de su Consejo de Administración.

 

  • Ley de Cooperativas para evitar un conflicto de competencias con la legislación estatal.

 

  • Ley de creación del sistema integrado de Protección Civil y Emergencias de la CM para atribuir al Abogacía General la defensa y el asesoramiento de la Agencia y perfilar atribuciones en materia de personal del Consejo de Administración.

 

  • Ley del Suelo para modificar la actual atribución de competencias de la SGT de la Consejería competente y clarificar así su organización interna.

 

  • Ley de Protección de los Consumidores de la CM para derogar de forma expresa un precepto inaplicable sobre reducción en el pago de sanciones.

 

  • Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza para fomentar el uso de la biomasa forestal y flexibilizar los proyectos de cambio de uso de espacios agrarios. Todo ello contribuirá a dinamizar la actividad económica al tiempo que se protege el medioambiente y el entorno rural.

 

  • Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias para dar impulso a la elaboración del Plan de Uso y gestión de las Vías Pecuarias de la CM con el fin de asegurar la protección del dominio público pecuario y adaptar las Vías Pecuarias a su situación de hecho.

 

  • Se añade una disposición adicional para mantener la cobertura de puestos de libre designación en la Comunidad de Madrid y controlar el traslado de funcionarios hacia otras administraciones. Se exigirá al igual que en el Estado, un informe previo favorable del departamento correspondiente para autorizar el destino por libre designación en otra administración.
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