GRIÑÓN | Griñón recuerda a sus vecinos la obligación de desbrozar sus parcelas

El objetivo es de minimizar y evitar los riesgos de incendio que se producen en verano

El objetivo es de minimizar y evitar los riesgos de incendio que se producen en verano

Los residuos se deberán depositar en el Punto Limpio.

Imagen: Ayto. Griñón

Con el considerable aumento de las temperaturas que estamos viviendo estos días, y lo que nos queda por sufrir durante todo el verano, que por cierto, aún no ha empezado, es importante minimizar lo máximo posible los riesgos de incendio, siempre en la medida de nuestras posibilidades. Por eso, desde el Ayuntamiento de Griñón han querido recordar a sus vecinos la obligación que tienen de realizar el desbroce de sus parcelas privadas con el fin de mantenerlas en buen estado.

 

Asimismo, ha querido recordar que una vez realizado el desbroce, los propietarios deben limpiar la maleza, gestionando adecuadamente los restos vegetales. Además han querido recordar a aquellos griñonenses que tengan arbustiva en su vallado, que tienen el deber de recortarlo, de tal forma que no invada la vía pública, debiendo gestionar adecuadamente el residuo vegetal que se genere a través del Punto Limpio o mediante un gestor autorizado.

 

Por último, han solicitado que una vez se hayan realizado los trabajos de limpieza y mantenimiento, lo comuniquen por correo electrónico al departamento de urbanismo a la direcciónurbanismo@ayto-grinon.es, acompañado de fotografías con el estado final de la parcela.

 



LEGISLACIÓN VIGENTE

 

La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, artículo 168.1, establece que: “Los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos, a fin, de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo”.

 

Por otro lado, la Ordenanza Municipal de protección del medio ambiente urbano, establece:

 

  • Artículo. 7, la obligación de efectuar la limpieza de las zonas y parcelas de dominio particular, debiendo recoger y evacuar los residuos procedentes de dichas operaciones, con la frecuencia debida para mantener dichos espacios en las debidas condiciones de salubridad, seguridad y ornato.
  • Artículo 52, todos los propietarios de parcelas están obligados a mantenerlas en buen estado de conservación, siendo por su cuenta los gastos que ello ocasione, debiendo encontrarse, en todo momento, en un estado satisfactorio de limpieza y ornato, así como libres de maleza espontánea, en un grado en que no puedan ambas ser causa de infección o materia fácilmente combustible.

 

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