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HUMANES DE MADRID | Celebrado el Taller Jurídico sobre la Ley de Dependencia

La Concejalía de Mayores informó a los vecinos sobre los derechos y las ayudas de esta legislación

La Concejalía de Mayores informó a los vecinos sobre los derechos y las ayudas de esta legislación

EL taller jurídico resolvió la dudas sobre la Ley de Dependencia.

Imagen: Ayto. Humanes

La Concejalía de Mayores del Ayuntamiento de Humanes que dirige Mª Teresa González, organizó hace unos días el taller jurídico sobre la Ley de Dependencia, en colaboración con la Comunidad de Madrid. 

 

Este charla sirvió para que los mayores tuvieran información esencial sobre esta legislación que regula el apoyo a las personas que necesitan ayuda para su vida diaria. 

 

El taller supuso la oportunidad par que los vecinos conocieran cuales son sus derechos y a qué ayudas podían acceder. Los expertos que dieron la charla resolvieron todas las dudas de los participantes. 

 

LEY DE DEPENDENCIA

 

La Ley de Dependencia en España, oficialmente conocida como Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, es una normativa que establece un sistema de ayudas y servicios destinados a mejorar la calidad de vida de las personas que, debido a su situación de dependencia, necesitan el apoyo de terceros para realizar actividades básicas de la vida diaria. 

 

Tipos de Ayudas

  • Servicios de Atención y Cuidado:
    • Centros de Día y Noche: Ofrecen atención diurna y nocturna para personas dependientes.
    • Servicios de Atención Domiciliaria: Incluyen ayuda a domicilio y teleasistencia.
    • Centros Residenciales: Proporcionan atención integral a personas dependientes que no pueden ser atendidas en su hogar.

 

  • Prestaciones Económicas:
    • Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar: Dirigida a personas dependientes que son cuidadas por un familiar.
    • Prestación Económica de Asistencia Personal: Destinada a promover la autonomía de la persona dependiente mediante la contratación de un asistente personal.
    • Prestación Económica Vinculada al Servicio: Para aquellas personas que optan por recibir un servicio específico, como una plaza en una residencia, y que deben contratarlo de manera privada.

 

Grados de Dependencia

La Ley de Dependencia clasifica la situación de dependencia en tres grados:

  • Grado I (Dependencia Moderada): Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día.
  • Grado II (Dependencia Severa): La persona necesita ayuda dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador.
  • Grado III (Gran Dependencia): La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas varias veces al día y requiere el apoyo indispensable y continuo de un cuidador.

 

Procedimiento para Solicitar las Ayudas

  • Solicitud: Presentar una solicitud en el centro de servicios sociales del municipio de residencia.
  • Valoración: Un equipo profesional realiza una valoración de la situación de dependencia.
  • Dictamen: Se emite un dictamen con el grado de dependencia.
  • P.I.A. (Programa Individual de Atención): Se elabora un plan que especifica las ayudas y servicios a los que tiene derecho la persona dependiente.

 

Requisitos

  • Residencia y Nacionalidad: Ser ciudadano español o tener residencia legal en España.
  • Situación de Dependencia: Tener una valoración que certifique la situación de dependencia.

 

Beneficios Adicionales

Además de las ayudas específicas mencionadas, las personas dependientes pueden acceder a otros beneficios, como la reducción de impuestos, descuentos en transporte público y acceso prioritario a ciertos servicios públicos.

 



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