Recién estrenado el 2019, aún hay contribuyentes que todavía no han recibido la devolución de la declaración de la renta presentada el pasado año. Si en la última declaración del IRPF el resultado fue 'a devolver' y todavía no te han pagado lo que te corresponde, no solo deberán abonarte tu dinero, sino que también están obligados a incluir los intereses de demora. Te contamos que pasos debes dar en este proceso.
La Agencia Tributaria había realizado, a 28 de diciembre del año pasado, el 96,6% de las devoluciones correspondientes a la Campaña de la Renta 2017, de tal forma que más de trece millones y medio de declarantes habían obtenido ya su devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Si tú eres del 3,4% restante, esto te interesa.
Los contribuyentes tienen derecho a una compensación económica por el retraso del pago del IRPF establecido para el 2019 en un 3,75%
¿No te han devuelto?
La Agencia Estatal de Administración Tributaria tenía seis meses de plazo para ordenar las devoluciones de las declaraciones de la renta de 2017 a favor de los contribuyentes: es decir, debía hacerlo hasta 31 de diciembre de 2018.
Una vez pasado ese plazo, si todavía no te han devuelto el dinero, y el retraso no es por causas imputables al contribuyente, tienes derecho a que Hacienda te pague los intereses de demora desde el 1 de enero hasta la fecha en que se ordene la devolución. No necesitas reclamarlo: deberán incrementar automáticamente lo que te deben con el importe del interés de demora, que para 2019 ha sido establecido en un 3,75%.
¿Qué hacer?
- Consultar el estado de tu declaración en la web de la Agencia Tributaria.
- Comprobar que Hacienda no te ha hecho una paralela ni existe ninguna deuda pendiente con la Administración.
- Si no hay motivo aparente que justifique que no te lo han devuelto, deberás solicitar de nuevo la devolución a la que tienes derecho.
- Una vez abonado el pago, recibirás una notificación de Hacienda con los intereses que te corresponden.