¿Por qué mi zona está confinada y la de mi vecino de enfrente no? Si esta zona presenta menos casos positivos que otras, ¿por qué se le aplican restricciones? Sin duda, las nuevas medidas decretadas por la Comunidad de Madrid en las áreas más afectadas por la pandemia están generando un mar de dudas entre la ciudadanía por las especiales características de los criterios a seguir para confinar, o no, una zona.
En primer lugar, el Ejecutivo autonómico está aplicando restricciones de movilidad por zonas básicas de salud, que comprende el área que depende de un centro de salud en concreto. Por eso, por ejemplo, en un municipio que cuente con varios centros y, por tanto, con distintas zonas básicas de salud, no todas ellas tienen que estar necesariamente confinadas.
Una vez diferenciadas estas zonas, el Gobierno autonómico ha determinado tres criterios que deben cumplir para estar confinadas o, lo que es lo mismo, para verse obligadas a acatar las nuevas medidas, que incluyen restricciones de movilidad. Además, para que una zona básica de salud sea confinada, los criterios establecidos deben darse simultáneamente.
La Comunidad de Madrid ha determinado tres criterios que deben cumplir simultáneamente las zonas para estar confinadas
Criterios para aplicar las restricciones
Para que se apliquen las restricciones en una zona, la tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días debe superar los 1.000 casos por cada 100.000 habitantes. En este sentido y, en segundo lugar, debe presentar una tendencia estable o creciente.
Por último, la contigüidad geográfica es también clave. Esto significa que una zona con una tasa de incidencia menor a la establecida podría confinarse, siempre que estuviera rodeada por otras zonas confinadas.